Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Licencias Por Estudios. (2024061654)
Resolución de 7 de mayo 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los Cuerpos Docentes no universitarios, del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa y del Cuerpo de Inspectores de Educación dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, para el curso 2024-2025.
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NÚMERO 93

24627

Miércoles 15 de mayo de 2024

para la aplicación de los Reales Decretos
185/1985, de 23 de enero, y 1496/1987, de
6 de noviembre, en materia de expedición
de títulos universitarios oficiales (BOE del
13) o en la Orden ECI/2514/2007, de 13 de
agosto, sobre expedición de títulos
universitarios oficiales de Máster y Doctor
(BOE del 21) o en el Real Decreto
1002/2010, de 5 de agosto, sobre
expedición de títulos universitarios oficiales
(BOE de 6 de agosto) En todos los

casos se deberá aportar asimismo

certificación académica personal de
todos los títulos que se aleguen
como mérito así como del que sirvió

para ingresar en el cuerpo, donde
conste de forma expresa que se han

superado todas las asignaturas o
créditos

conducentes

para

obtención de dichos títulos.

3.4. Doctorado,
extraordinarios.

postgrados

y

la

premios

3.4.1. Por poseer el título de doctor……………..

3 puntos

Fotocopia del título o certificación del
abono de los derechos de expedición del
título o certificado supletorio de la
titulación expedidos de acuerdo con lo
previsto, en su caso, en la Orden de 8 de
julio de 1988 para la aplicación de los
Reales Decretos 185/1985, de 23 de enero,
y 1496/1987, de 6 de noviembre, en
materia de expedición de títulos
universitarios oficiales (BOE del 13) o en la
Orden ECI/2514/2007, de 13 de agosto,
sobre expedición de títulos universitarios
oficiales de Máster y Doctor (BOE del 21)
o en el Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos
universitarios oficiales (BOE de 6 de
agosto). Asimismo, se deberá aportar
certificación

académica

personal

donde se especifique la forma de
acceso a los estudios de Doctorado.

3.4.2. Por el Título Oficial de Master distinto del
requerido para el ingreso de la función pública
docente, para cuya obtención se hay exigido al
menos 60 créditos..………………………

Fotocopia del título o certificación
2 puntos

del

abono

de

los

derechos

de

expedición del título o certificado
supletorio de la titulación expedidos

de acuerdo con lo previsto, en su