Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2024061463)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a artistas visuales para el año 2024.
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NÚMERO 93
Miércoles 15 de mayo de 2024

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2. L
 a cuantía total presupuestada asciende a 40.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/272C/470, proyecto 20170020, de los Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2024.
3. U
 n artista sólo podrá ser beneficiario de una ayuda en esta convocatoria.
4. S
 e subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración, recibiendo subvención aquellos proyectos o actividades que obtengan
un mayor número de puntos, por la totalidad del importe solicitado, y con las limitaciones
indicadas en el presente apartado y hasta agotar el crédito presupuestado para tal fin.
Sexto. Presentación de solicitudes.
1. E
 l procedimiento para la concesión de ayudas a artistas visuales se iniciará de oficio, con
la aprobación y publicación de la presente convocatoria, concediéndose las subvenciones
a solicitud de las personas interesadas, en régimen de concurrencia competitiva, previa
tramitación del oportuno expediente administrativo.
2. L
 as solicitudes de ayudas se formalizarán en el impreso o modelo oficial normalizado del
anexo de esta convocatoria. Las mismas serán dirigidas a la Ilmo. Sr. Secretario General
de Cultura, Avda. Valhondo s/n, (Edifico III Milenio), Módulo 4, 2ª planta, 06800 Mérida.
Dichas solicitudes podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se
refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En caso de que se optara por presentar la solicitud en una
oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que el impreso de solicitud le sea fechado
y sellado antes de ser certificado.
De la misma forma, la presentación de las solicitudes podrá realizarse de forma electrónica
a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf o a través de los restantes registros electrónicos en los términos del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud normalizada se podrá descargar en el portal web de la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura. Para cualquier duda o consulta que el solicitante desee
realizar con respecto a la solicitud de ayuda podrá ponerse en contacto con el órgano Instructor a través del correo electrónico: artesvisuales@juntaex.es.