Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024050087)
Orden de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 93
Miércoles 15 de mayo de 2024

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b. Se reservará una de las vacantes escolares de cada ciclo para aspirantes con discapacidad igual o superior al 33%.
c. Tendrán prioridad en el acceso a estas enseñanzas los deportistas de alto rendimiento.
d. La capacidad total se verá reducida en un puesto escolar por cada aspirante con necesidades educativas especiales que ocupe plaza en un ciclo formativo de grado básico.
Artículo 14. Criterios de prioridad en el proceso de admisión en ciclos formativos de
grado básico.
La adjudicación de vacantes escolares se ordenará en función de la puntuación obtenida en
el baremo establecido en la convocatoria anual de admisión a estas enseñanzas, ordenadas
en orden decreciente.
SECCIÓN 3ª. ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN EN CICLOS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO.
Artículo 15. Requisitos de acceso a ciclos formativos de formación profesional de
grado medio.
1. El acceso a ciclos formativos de grado medio requerirá reunir alguna de las condiciones que
establece la legislación vigente, indicadas en el artículo 41.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, así como el artículo 108 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio:
a. Estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos:


i. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.



ii. Título Profesional Básico o de Técnico Básico.



iii. Título de Técnico de Formación Profesional.

b. Haber superado una oferta formativa de Grado C incluida en el ciclo formativo que se
desee cursar y tener diecisiete años cumplidos en el año de inicio del curso.
c. Haber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de
grado medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa
y tener diecisiete años cumplidos en el año de inicio del curso.
d. H
 aber superado una prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
e. Haber superado una prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de acuerdo
con los criterios establecidos por el Gobierno, tener diecisiete años cumplidos en el año