Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061593)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Optimización del aprovechamiento del agua en el regadío de Peraleda de la Mata", en el término municipal de Peraleda de la Mata (Cáceres). Expte.: IA23/0821.
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NÚMERO 92
Martes 14 de mayo de 2024

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8. E
 n el caso de que se prevea aumentar la superficie de riego actual, y previamente a
la autorización, deberá estudiarse si la red de riego tiene capacidad para el suministro
de las nuevas superficies. Por tanto, para poder autorizarse dicho incremento, deberá
solicitarse expresamente según el procedimiento establecido en la Confederación Hidrográfica del Tajo.
9. Queda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento
del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización administrativa de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
10. De manera previa a la ejecución de las obras se deberán obtener el resto de autorizaciones y/o permisos preceptivos según lo dispuesto por la legislación sectorial específica en función de la materia (dominio público hidráulico, vías pecuarias, licencias de
obras municipales, etc.).
11. Tal y como se establece en la Disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, en el
caso de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, deberá
procederse por parte de la promotora, a la designación de un coordinador ambiental,
que ejercerá las funciones que se detallan en el artículo 2 de la precitada disposición
adicional séptima.
D.2 Medidas en la fase de construcción.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de maquinaria o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales.
— En el caso de las excavaciones para descubrir las tuberías del distribuidor se reutilizará
la tierra extraída para su posterior relleno y en el caso de existir sobrantes, serán esparcidos en las inmediaciones del trazado de las mismas.
E. Conclusión de la evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000.
Visto el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la
Dirección General de Sostenibilidad y, analizadas las características y ubicación del proyecto, se considera que éste no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o
hábitats protegidos.
F. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
1. El programa de vigilancia ambiental establecerá un sistema que garantice el cumplimiento
de las indicaciones y de las medidas preventivas y correctoras contenidas en el EsIA y la