Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061601)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz en materia de formación de Policía Local.
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NÚMERO 91
Lunes 13 de mayo de 2024

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Serán miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento:
a) El Secretario General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura.
b) La Teniente Alcalde Delegada de Seguridad Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de
Badajoz.
c) El Jefe de Servicio de Administración General, Interior y de la ASPEX.
d) El Superintendente-Jefe del Cuerpo de la Policía Local de Badajoz.
e) E
 l Coordinador de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura (ASPEX).
f) Un miembro del Cuerpo de la Policía Local de Badajoz, designado al efecto por la Teniente Alcalde Delegada de Seguridad Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, a
propuesta del Superintendente-Jefe del Cuerpo de la Policía Local.
Actuará como Secretario/a, un funcionario/a adscrito/a, bien a la ASPEX, bien al Cuerpo de
la Policía Local de Badajoz, dependiendo de cuál de estas dos partes ostente la Presidencia
en cada momento, a fin de que exista coincidencia de adscripción entre quien ostente la Presidencia y quien actúe como Secretario/a, facilitándose con ello las labores administrativas
del órgano a dicha Presidencia. De cada reunión se levantará acta por duplicado para las dos
administraciones firmantes del presente convenio.
La Comisión Mixta ajustará su régimen de organización y funcionamiento interno a la normativa reguladora de los órganos colegiados constituida por lo dispuesto con carácter básico
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236,
de 2 de octubre), y por lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 35, de 26 de marzo).
Quinta. Publicidad.
El presente convenio será objeto de publicidad en el Punto único de Acceso a la Información
de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley
4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura , y en el Decreto 7/2023, de 1
de febrero, por el que se regula la puesta en marcha del Punto Único de Acceso a la información por diferentes canales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y organismos públicos (DOE de 13 de febrero de 2023).
Se procederá también a su inscripción en el Registro de Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el Decreto 217/2013, de 19 de noviembre,