Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061601)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz en materia de formación de Policía Local.
10 páginas totales
Página
NÚMERO 91
Lunes 13 de mayo de 2024



24024

III. S
 e comunicará la cesión a efectos estadísticos, de los datos obtenidos por el desarrollo de las acciones de carácter práctico, por parte del alumnado de la ASPEX, en
la vía pública de la ciudad de Badajoz.



IV. Se autorizará la participación de profesorado perteneciente al Cuerpo de la Policía
Local de Badajoz, previamente designado por la ASPEX, proporcionándole de ser
requerido, el asesoramiento necesario para determinar la idoneidad del personal
docente de dicho Cuerpo.



V. Se autorizará la ejecución de labores de formación en el término municipal de Badajoz, con el alumnado de la ASPEX, bajo la tutorización previamente planificada y
diseñada.



VI. S
 e facilitará durante el desarrollo de las acciones de carácter práctico por parte del
alumnado, en la vía pública a través de los Policías Locales de Badajoz que actúen
como profesores, tutores o monitores, el acceso y consulta a las bases de datos
policiales, cuando el mismo se estime necesario y proporcional a los fines de la
consulta.



VII. S
 e facilitará, siempre y cuando sea posible, la utilización de las instalaciones municipales de la ciudad de Badajoz que fueran precisas por la ASPEX, para el desarrollo
de una o varias actividades que conlleve el programa formativo o de internado de
los cursos selectivos que se desarrollen.



VIII. E
 n caso de ser necesario para el desarrollo de alguna actividad con el alumnado en
formación, se facilitará el acceso al transporte urbano que se requiera previamente por la ASPEX, a través de las gestiones necesarias con la concesión municipal.

Cuarta. Comisión Mixta de Seguimiento.
Para garantizar el normal desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, se creará una Comisión
Mixta de Seguimiento, de constitución paritaria, que se reunirá, al menos, una vez cada tres
meses y cuya constitución deberá llevarse a efecto dentro del mes siguiente a la suscripción
del presente convenio. Estará compuesta por una Presidencia, una Vicepresidencia y cuatro
vocalías, actuando de Secretario/a de la misma, un funcionario designado por la Presidencia
de turno y de forma alternativa, de la misma administración que la Presidencia de la Comisión.
La presidencia será ejercida alternativamente, por periodos anuales, por el representante de
las partes intervinientes, en cada caso, con mayor categoría. La Vicepresidencia recaerá en la
parte que no ostente la Presidencia de turno.