Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2024061515)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el XXIX Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 90
Viernes 10 de mayo de 2024

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Cuarto. Financiación y cuantía
1. El importe total para esta convocatoria es de 31.500 euros, que se imputarán con cargo
a la aplicación presupuestaria 130020000/G/222G/48000/CAG0000001/20240083 de los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024. De
dicho importe se destinarán 10.500 euros para cada una de las tres modalidades.
2. La cuantía de los premios en cada una de las tres modalidades anteriores será la siguiente:
a) Primer premio: 6.000 euros.
b) Segundo premio: 3.000 euros.
c) Tercer premio: 1.500 euros.
3. A propuesta del órgano de valoración de las solicitudes, se podrán conceder menciones honoríficas para aquellos trabajos o experiencias que, no habiendo obtenido premio, hubieran
destacado con su trabajo en la valoración realizada.
4. L
 os premios podrán declararse desiertos.
5. L
 as personas participantes sólo podrán beneficiarse de un único premio en cada convocatoria.
Quinto. Plazo presentación de solicitudes y documentación
1. Para optar a estos premios, las personas participantes deberán elaborar un trabajo acorde
a lo establecido en el apartado 9 de este resuelvo.
2. No podrán presentarse a la convocatoria de estos premios, proyectos ya premiados, en el
ámbito educativo y/o de la misma naturaleza.
3. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles comenzará a partir del
día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
4. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas sin personalidad jurídica, deberán hacer constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada
miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de
ellos. En este supuesto, deberán nombrar una persona coordinadora con poderes bastantes
para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación.
5. L
 as solicitudes se formalizarán según el modelo normalizado que se adjunta como anexo I.