Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2024061515)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el XXIX Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 90
Viernes 10 de mayo de 2024

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b) Vocalía:


• Titular del Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos.



• Titular del Servicio de Innovación, Formación del Profesorado y Emprendimiento.



• Titular de la Unidad de Inspección General de Educación y Evaluación.



• Titular del Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad.



• Titular del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y Gestión Administrativa
Digital.



• Titular del Servicio de Tecnologías de la Educación.

• Un director o directora de un centro docente de educación infantil y de educación
primaria de Extremadura.


• Un director o directora de un instituto de educación secundaria de Extremadura.



• Un asesor o asesora técnico docente de la Secretaría General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional.



• Un profesor o profesora titular del ámbito educativo de la Universidad de Extremadura.

c) Secretariado: la persona titular de la Jefatura de Servicio de Coordinación Educativa que
actuará con voz y sin voto.
3. E
 l nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración se efectuará mediante
resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional y será objeto de publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, http://doe.juntaex.es, antes del inicio de sus actuaciones.
Tanto las personas que integran las vocalías como la secretaría podrán ser sustituidos por el
personal funcionario correspondiente en función del ámbito competencial en el que ejerce
sus tareas.
4. L
 a Comisión de Valoración tendrá las siguientes atribuciones:
a) Petición de informes y documentos que se estimen necesarios para un mejor conocimiento y valoración de las solicitudes.
b) Emisión del informe en el que se detallará el resultado de la evaluación efectuada,
siendo vinculante para el órgano instructor, quien no podrá separarse de su contenido
para formular la propuesta de resolución de conformidad con el artículo 22.3 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo.