Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Digitalización. Subvenciones. (2024040053)
Decreto 37/2024, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 90
Viernes 10 de mayo de 2024
23808
2. A
simismo, las subvenciones concedidas que se notifiquen a los destinatarios últimos,
deberán mencionar el Programa UNICO-Edificios, el Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En particular, deberán contener, tanto en
su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo, la siguiente referencia “Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea– NextGenerationEU”.
Asimismo, las subvenciones concedidas en la línea empresas deberán señalar que se
hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento
(UE) 1407/2013.
3. E
n el contexto de los dos anteriores apartados, los receptores de financiación de la Unión
Europea deben de mencionar el origen de esta financiación y garantizar su visibilidad,
en particular, cuando promuevan las actuaciones subvencionables y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Asimismo, será también de
aplicación lo dispuesto en la normativa asociada a los fondos de Next Generation EU.
18. E
ficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efecto desde su publicación, junto con el extracto de la
misma previsto en el artículo 20.8.a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura y contra la misma, que pone fin a la
vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses desde el día siguiente a dicha publicación, conforme a lo establecido en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa o, potestativamente, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado expresamente el Decreto 29/2023, de 29 de marzo (DOE núm. 82, de 2
de mayo de 2023), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la
Viernes 10 de mayo de 2024
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2. A
simismo, las subvenciones concedidas que se notifiquen a los destinatarios últimos,
deberán mencionar el Programa UNICO-Edificios, el Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En particular, deberán contener, tanto en
su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo, la siguiente referencia “Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea– NextGenerationEU”.
Asimismo, las subvenciones concedidas en la línea empresas deberán señalar que se
hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento
(UE) 1407/2013.
3. E
n el contexto de los dos anteriores apartados, los receptores de financiación de la Unión
Europea deben de mencionar el origen de esta financiación y garantizar su visibilidad,
en particular, cuando promuevan las actuaciones subvencionables y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Asimismo, será también de
aplicación lo dispuesto en la normativa asociada a los fondos de Next Generation EU.
18. E
ficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efecto desde su publicación, junto con el extracto de la
misma previsto en el artículo 20.8.a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura y contra la misma, que pone fin a la
vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses desde el día siguiente a dicha publicación, conforme a lo establecido en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa o, potestativamente, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado expresamente el Decreto 29/2023, de 29 de marzo (DOE núm. 82, de 2
de mayo de 2023), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la