Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Digitalización. Subvenciones. (2024040053)
Decreto 37/2024, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 90
Viernes 10 de mayo de 2024
23807
8. La Dirección General de Digitalización Regional, será la responsable del seguimiento del
proceso de justificación y comprobación de valores del proyecto ejecutado, con independencia del control financiero que le corresponde a la Intervención General de la Junta
de Extremadura, del Tribunal de Cuentas, y demás órganos fiscalizadores que, por la
naturaleza y origen de los fondos, tienen competencia en la materia.
17. I nformación y publicidad.
1. La publicidad de las ayudas concedidas se llevará a cabo según lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante su publicación en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/
convocatorias), de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Toda referencia a la actuación objeto de las ayudas reguladas por este decreto, en publicaciones, material inventariable, actividades de difusión, páginas web y otros resultados, y en general, en cualesquiera medios de difusión, debe cumplir con los requisitos
que figuren en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Comunicación, del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, que estará
disponible en la Web de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en el que figurarán el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital como entidad financiadora, y el logotipo del presente Programa UNICO-Industria
y empresas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, todo ello conforme a lo que se establezca al
respecto, y en los términos previstos en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y en el artículo 31 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta
y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que
diga “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”, junto al logotipo del PRTR
(https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual).
Además, las instalaciones objeto de ayudas deberán estar señalizadas de acuerdo con
lo que se indique en el Manual a que hace referencia este apartado.
Viernes 10 de mayo de 2024
23807
8. La Dirección General de Digitalización Regional, será la responsable del seguimiento del
proceso de justificación y comprobación de valores del proyecto ejecutado, con independencia del control financiero que le corresponde a la Intervención General de la Junta
de Extremadura, del Tribunal de Cuentas, y demás órganos fiscalizadores que, por la
naturaleza y origen de los fondos, tienen competencia en la materia.
17. I nformación y publicidad.
1. La publicidad de las ayudas concedidas se llevará a cabo según lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante su publicación en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/
convocatorias), de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Toda referencia a la actuación objeto de las ayudas reguladas por este decreto, en publicaciones, material inventariable, actividades de difusión, páginas web y otros resultados, y en general, en cualesquiera medios de difusión, debe cumplir con los requisitos
que figuren en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Comunicación, del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, que estará
disponible en la Web de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en el que figurarán el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital como entidad financiadora, y el logotipo del presente Programa UNICO-Industria
y empresas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, todo ello conforme a lo que se establezca al
respecto, y en los términos previstos en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y en el artículo 31 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta
y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que
diga “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”, junto al logotipo del PRTR
(https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual).
Además, las instalaciones objeto de ayudas deberán estar señalizadas de acuerdo con
lo que se indique en el Manual a que hace referencia este apartado.