Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Digitalización. Subvenciones. (2024040053)
Decreto 37/2024, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
80 páginas totales
Página
NÚMERO 90
Viernes 10 de mayo de 2024

23795

e) Al objeto de facilitar la reutilización de las infraestructuras existentes todo operador que
posea o controle una infraestructura susceptible de ser reutilizada en la zona objetivo
y que desee presentarse a alguna convocatoria, dentro del ámbito de la presente orden, deberá informar y dar acceso a la misma terceros operadores, de acuerdo con lo
previsto en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 330/2016, de 9 de septiembre, relativo
a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, que traspone la Directiva 2014/61/UE, del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 15 de mayo de 2014.
f) No serán objeto de ayuda proyectos que incluyan zonas que se encuentren incluidas
como objetivo de actuación en proyectos que han recibido concesiones de ayuda con
cargo al Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión
(UNICO) de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales,
perteneciente al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y que hayan sido incluidas en alguno de los proyectos para los cuales se solicita la ayuda.
g) Los proyectos técnicos acogidos esta línea deberán llevarse a cabo por empresas instaladoras inscritas en el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación al que
se refiere el artículo 3 del Reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación, aprobado por el Real Decreto
244/2010, de 5 de marzo, inscritas en el tipo “B” o “F” del Registro de empresas instaladoras de telecomunicación, según lo establecido en la Orden ITC/1142/2010, de 29
de abril, por la que se desarrolla el citado Reglamento.
7. P
 rocedimiento de concesión de las ayudas y convocatoria.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, de
conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 del Real Decreto 988/2021 de 16 de
noviembre.
El procedimiento de concesión se desarrollará, de acuerdo a las siguientes reglas:


— Las zonas ZES se distribuirán a su vez en las 3 zonas geográficas que se relacionan
en un anexo VI que acompaña la convocatoria. Las zonas geográficas de actuación,
corresponden con:



• Zona Cáceres que contiene 5 zonas ZES y 7 UUIIs.



• Zona Badajoz 1 que contiene 37 zonas ZES y 461 UUIIs.