Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Digitalización. Subvenciones. (2024040053)
Decreto 37/2024, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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Viernes 10 de mayo de 2024

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de Extremadura, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que considere procedente.
Artículo 24. Información y publicidad.
1. La publicidad de las ayudas concedidas se llevará a cabo según lo dispuesto en el artículo
18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante su publicación en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por
el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Toda referencia a la actuación objeto de las ayudas reguladas por este decreto, en publicaciones, material inventariable, actividades de difusión, páginas web y otros resultados, y
en general, en cualesquiera medios de difusión, debe cumplir con los requisitos que figuren
en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), de
mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Comunicación, del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, que estará disponible en la Web
de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en el que
figurarán el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital como entidad financiadora, y el logotipo del presente Programa UNICO-Industria y empresas en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, todo ello conforme a lo que se establezca al respecto, y en los términos previstos en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 31 de su
Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta y
destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”, junto al logotipo del PRTR, disponible
en la página web https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual. Además, las instalaciones objeto de ayudas deberán estar señalizadas de acuerdo con lo que se indique en el
Manual a que hace referencia este apartado.
2. A
 simismo, tanto la convocatoria como las subvenciones concedidas que se notifiquen a
los destinatarios últimos, deberán mencionar el Programa UNICO-Edificios, el Ministerio
de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Plan de Recuperación, Transformación