Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2024061539)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría General, de concesión de ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 88
Miércoles 8 de mayo de 2024



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— Programa de la actividad a desarrollar.
Esta justificación deberá efectuarse con anterioridad al 30 de agosto de 2024.

b) Abono del 50% restante del importe total de la subvención concedida una vez justificado el 50% de la subvención concedida, remitiendo por parte de la entidad beneficiaria
con anterioridad al 1 de noviembre de 2024, certificación del Secretario-Interventor en
la que se haga constar, de conformidad con los anexos III y V:


— La continuidad de la contratación del gestor cultural.



— La situación de estar al corriente en el pago de la nómina y seguridad social correspondientes al contrato realizado.



— Las modificaciones del contrato, si las hubiere.

— Que los gastos y pagos previstos en la resolución de concesión y en el contrato
realizado han sido efectivamente realizados y están acreditados mediante facturas
o documentos contables de valor probatorio equivalente por un importe mínimo del
50% de la subvención concedida.


— Que todas las actividades desarrolladas en este programa son acordes con el contenido de las bases reguladoras.



— Que se ha cumplido con las obligaciones de publicidad establecidas.

c) Con independencia del pago del 100% del importe total subvencionado, la entidad beneficiaria deberá presentar la siguiente documentación justificativa dentro del primer
trimestre del año 2025:


— Memoria final del proyecto realizado, detallando todas las actuaciones y los resultados obtenidos.



— Escrito comunicación de finalización de los proyectos de actividades para los cuales
se solicitó la subvención.



— Certificado de gastos y pagos desglosado emitido por el Secretario con el V.º B.º
del Alcalde-Presidente, que englobe tanto la aportación de la Consejería de Cultura,
Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura como la aportación de la
entidad beneficiaria (anexo V).



— Originales y/o copias auténticas numeradas de los documentos necesarios para acreditar los gastos necesarios: facturas y demás documentos de valor probatorio equi-