Universidad De Extremadura. Planificación Docente. (2024061547)
Resolución de 2 de mayo de 2024, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa para el reparto y asignación de la docencia en la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 88
Miércoles 8 de mayo de 2024

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Artículo 5. Clasificación de la docencia.
A efectos de asignación de la docencia, se consideran dos tipos de actividades docentes del
PDI que deben repartirse:
— A: Docencia en aula.
— B: Tutorización de TFE, prácticas externas curriculares (practicums incluidos), en aquellos departamentos en los que proceda el reparto.
Artículo 6. Procedimiento para la asignación del encargo docente.
1. En primer lugar, tal y como se indica en el artículo 2 de la presente normativa, se repartirá equitativamente según la ratio carga/capacidad del área la docencia tipo A. Una vez
repartida toda la docencia de aula se repartirá de igual manera el resto de la actividad
docente tipo B. La docencia de máster de investigación únicamente podrá impartirse por
profesorado doctor.
2. E
 l reparto de esta docencia se realizará mediante acuerdo.
3. A falta de acuerdo, el profesorado elegirá su docencia del año en dos rondas de la siguiente
manera:
a. Cada PDI elegirá como máximo en dos asignaturas en cada ronda. En caso de elegir en
dos asignaturas, al menos, una de ellas debe ser un grupo grande completo, siempre
que sea posible.
b. El criterio del apartado anterior no se aplicará a los Ayudantes y Profesores Ayudantes
Doctores que elegirán toda su carga docente en la primera ronda (siempre de docencia
práctica en el caso de los Ayudantes). Este PDI conservará esta docencia durante la
duración de su contrato, si así lo desea.
c. La prelación en la elección de encargo docente entre el profesorado del área se hará en
base a la categoría profesional siguiendo el siguiente orden:


i. Profesorado Catedrático de Universidad.



ii. Profesorado Titular de Universidad/ Profesorado Catedrático de Escuela Universitaria.



iii. Profesorado Contratado Doctor/ Profesorado Permanente Laboral.



iv. Las profesoras y profesores Eméritos que hayan prestado servicios destacados en el
ámbito docente, de investigación o de transferencia e intercambio del conocimiento
e innovación.