Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024050083)
Orden de 30 de abril de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
67 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 87

23302

Martes 7 de mayo de 2024

En el caso de suministros de bienes o prestación de servicios, la entidad beneficiaria
solicitará como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la
contratación para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no existan en el mercado suficiente número de entidades que los
realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad
a la subvención, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, así
como con la Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación
y Supervisión de la Contratación, por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 de
febrero, relativa a la regulación de los contratos menores, de la nueva Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público (nota aclaratoria sobre el alcance de dicha
instrucción publicada el 18 de marzo).
3.6) Costes indirectos asociados a la actividad de investigación que en ningún caso podrán
superar el 7 % de los costes directos subvencionables de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 54 a) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de junio de 2021.
Artículo 32. Procedimiento de justificación y documentación a aportar.
1. E
 n la justificación de esta ayuda se presentará además de la memoria económica y la
científico-técnica, recogidas en el artículo 14 de la presente orden, la producción científica
generada por el proyecto, en formato digital.
En la memoria económica se desglosarán los gastos correspondientes a la contratación de
personal, viajes y dietas, fungibles, otros gastos y costes indirectos.
2. E
 n el caso la línea de la ayuda recogida en este capítulo, junto a la justificación económica
intermedia, el IP presentará una Memoria Científica de seguimiento de la ayuda.
Capítulo IV
Línea 3, ayudas para divulgación de resultados de investigación a la sociedad
Artículo 33. Objeto.
Esta línea 3 de ayuda tiene por objeto fomentar la transferencia de conocimiento y las relaciones entre investigadores y la sociedad, mediante la organización de seminarios, jornadas,
conferencias o divulgación en redes de la actividad científica por uno o varios grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.