Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024050083)
Orden de 30 de abril de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
67 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 87
Martes 7 de mayo de 2024

23303

Artículo 34. Requisitos del grupo de investigación.
1. E
 l grupo de investigación deberá estar inscrito, en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura conforme al
Decreto 146/2018, de 4 de septiembre, sin perjuicio de la norma que esté vigente en el
momento de efectuarse cada convocatoria.
2. T
 odos los integrantes del grupo de investigación deberán tener cumplimentado y actualizado a fecha de presentación de la solicitud su CVN a través de la página https://secti-idi.
juntaex.es, o la que se encuentre habilitada al efecto para este trámite que se indicará en
la correspondiente convocatoria.
Artículo 35. Características y cuantía de la ayuda.
1. E
 l periodo máximo de ejecución de esta ayuda será de un año.
2. E
 l grupo de investigación presentará un Plan de Transferencia al sector al que se dirija en
el que se especificará detalladamente el objeto y la finalidad, así como el presupuesto y el
tiempo necesario para su desarrollo.
Se podrán realizar modificaciones del Plan de Transferencia siempre que concurran causas
suficientes justificadas o que se produzcan circunstancias sobrevenidas y no previstas inicialmente y no superen el 20% de la cuantía total de la ayuda concedida. Estas modificaciones deberán comunicarlas al órgano gestor a través de la web
https://ayudaspri.juntaex.es.
3. P
 odrán participar en estas ayudas los investigadores integrantes de uno o varios grupos de
investigación, para así atender la problemática del sector desde diferentes disciplinas. No
obstante, el Plan de Transferencia lo liderará el grupo de investigación solicitante.
4. L
 os investigadores no podrán incluirse en más de una solicitud, es ese caso, dichas solicitudes quedarán excluidas.
5. J unto al Plan de Transferencia se podrán presentar cartas de apoyo del sector al que se
dirijan, relacionado con las líneas de investigación del grupo o grupos de investigación.
6. L
 a cuantía máxima de esta ayuda es de 40.000 euros.
Artículo 36. Solicitud, plazo y documentación a presentar.
1. E
 l plazo de presentación de solicitud será mínimo de un mes a contar desde el día siguiente
a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es).