Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024050083)
Orden de 30 de abril de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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NÚMERO 87

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Martes 7 de mayo de 2024

Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto y líneas de ayudas.
1. L
 a presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas para la
ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas
y tecnológicas de los grupos de investigación de Extremadura integrados en el Sistema
Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante, SECTI).
Para alcanzarlo se establecen las siguientes líneas de ayudas:
a) Línea 1, ayudas para la consolidación de los grupos de investigación de Extremadura.
b) Línea 2, ayudas para la realización de proyectos de investigación en los Centros Públicos
de Investigación.
c) Línea 3, ayudas para la divulgación de resultados de investigación a la sociedad.
2. L
 os proyectos y actividades a realizar estarán incluidos en los ámbitos de intervención en
I+D+I de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente
de Extremadura 2021-2027, (RIS3), y serán los recogidos en el anexo I de las presentes
bases reguladoras.
Artículo 2. Beneficiarios y requisitos.
1. P
 odrán ser beneficiarios de las ayudas de la línea 1 y 3 los agentes del SECTI inscritos en
el Catálogo de Agentes del SECTI, regulado en el Decreto 49/2023, de 10 de mayo, y que
tengan constituidos grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura, según el Decreto 146/2018, de 4 de septiembre.
2. E
 n el caso de la ayuda de la línea 2, serán beneficiarios los agentes de generación del conocimiento, recogidos en el artículo 3.1 del Decreto 49/2023, de 10 de mayo, así como, las
fundaciones públicas que actúen como gestoras de las actividades de investigación de los
centros adscritos a la Junta de Extremadura que realicen actividades de I+D+I, inscritos
en el Catálogo de Agentes del SECTI y que tengan constituidos grupos de investigación
inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.
Los requisitos del apartado 1 y 2 de este artículo deberán cumplirse en el momento de la
presentación de la solicitud y mientras dure la ayuda.