Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024050083)
Orden de 30 de abril de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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NÚMERO 87
Martes 7 de mayo de 2024

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Cuando alguno de los integrantes del equipo investigador no pertenezca al agente del SECTI solicitante deberá aportar autorización expresa del representante legal de la entidad a
la que pertenece según el modelo de solicitud disponible en la página web
https://ayudaspri.juntaex.es.
6. C
 ada integrante del equipo investigador deberá formar parte de algún grupo de investigación de Extremadura, e incluir a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, en la plataforma web https://secti-idi.juntaex.es, su CVN con aquellos méritos
que considere necesarios para la correcta valoración del proyecto que presenta. En el caso
de que alguno de los integrantes del equipo de investigación carezca de cualquier de estos
requisitos será excluido del equipo investigador por parte del órgano gestor.
7. E
 l incumplimiento de los requisitos por parte del IP del equipo dará lugar a la inadmisión
de la solicitud del proyecto, mientras que el incumplimiento por parte de cualquier otro
miembro del equipo dará lugar únicamente a la exclusión de dicho miembro de todos los
proyectos solicitados en los que participe.
8. N
 o habrá incompatibilidad de dedicación con proyectos que hayan obtenido financiación
de convocatorias Horizonte Europa, de iniciativas de Programación Conjunta del Espacio
Europeo de Investigación, del Plan Nacional y los Planes Regionales de I+D+i de otras Comunidades Autónomas.
Artículo 28. Características de los proyectos subvencionables.
1. L
 os proyectos de investigación se desarrollarán en los ámbitos de intervención RIS3 Extremadura 2027, que están recogidos en el anexo I de la presente orden.
2. L
 os proyectos subvencionados tendrán una duración máxima de tres anualidades completas, a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la resolución de concesión
en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
3. Solo podrán presentarse por una modalidad de ayuda convocada, siendo la cuantía máxima de
la ayuda de 120.000 euros para proyectos que incluyan la contratación de personal, excepto
para los proyectos emergentes en los que al incluir el contrato del IP será de 150.000 euros.
Los proyectos que no incluyan personal tendrán una subvención máxima de 60.000 euros.
4. L
 os proyectos que impliquen investigación en humanos o utilización de muestras de origen
humano deberán ajustarse a la normativa legal correspondiente y a las normas deontológicas establecidas para tales casos. En concreto a la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica modificada por la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación, así como lo dispuesto en el Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre,