Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024050083)
Orden de 30 de abril de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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NÚMERO 87
Martes 7 de mayo de 2024

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4.2. Coordinación del grupo liderada por una mujer, se otorgarán 1,5 puntos.
4.3 Coordinación del grupo liderada por investigador o investigadora con edad inferior a 35
años, se otorgará 1,5 puntos.
4.4. Si el personal investigador doctor que conforman el grupo de investigación forman
parte de un Instituto Universitario en proporción igual o superior al 50% del total del personal investigador doctor del grupo, se otorgará 10 puntos. Se entiende por Instituto Universitario los regulados en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades.
5. L
 a puntuación final será la suma de todas las puntuaciones obtenidas en los apartados
anteriores.
Artículo 24. Actividades y gastos subvencionables.
1. L
 os gastos subvencionables deberán estar directamente relacionados con la ejecución de
las actividades de I+D+I del grupo de investigación subvencionadas por esta orden, tanto
el gasto como la actividad tienen que estar realizados dentro del periodo de ejecución de la
ayuda, y pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
2. P
 ara que un gasto se considere subvencionable se tendrá en cuenta, además de la normativa nacional aplicable al fondo de financiación FEDER, lo dispuesto en el Reglamento de
disposiciones comunes, Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo del Consejo
de 24 de junio, y el Reglamento (EU) 2021/1058 del Parlamento Europeo del Consejo de
24 de junio.
3. S
 erán subvencionables los gastos derivados de la ejecución de las siguientes actividades:
3.1. Contratación de personal:
En el caso de los contratos de los investigadores que se realicen con cargo a esta ayuda,
se entenderá subvencionable lo establecido en el artículo 17 de la presente orden.
Para el establecimiento de las retribuciones anteriores se tomará como referencia la categoría correspondiente de personal laboral de la tabla salarial recogida en el convenio
único de personal laboral de la Administración General del Estado y se indicará en cada
convocatoria.
Podrán contratarse, con cargo a la ayuda, personal investigador, técnico de apoyo, gestor
de proyectos y peón, siempre que estén en posesión de una titulación relacionada con las
actividades a desarrollar dentro del grupo de Investigación.