Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024050083)
Orden de 30 de abril de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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NÚMERO 87
Martes 7 de mayo de 2024

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Además, el beneficiario deberá cumplir todo lo relativo a la comunicación y publicidad de
los fondos contenidos en el documento de condiciones de la ayuda OCA.
En la documentación que, por parte del beneficiario, se aporte al expediente, deberá incluirse una mención a que el expediente está cofinanciado por FEDER.
Presentación, cuando se les requiera, de la información eficaz y oportuna basada en datos
cuantitativos para su inclusión en informes electrónicos.
Cumplimiento de la normativa sobre tratamiento y protección de datos conforme al artículo
4 de Reglamento (UE) 2021/1060, en relación con lo dispuesto en el Reglamento 2016/679
o en el Reglamento 2018/1725.
Además, informarán sobre: a) el perceptor final del apoyo de los Fondos, nombre(s) y número de identificación; b) los titulares reales del perceptor final, en su caso, tal como se
definen en el artículo 3, apartado 6, de la Directiva (UE) 2015/849, es decir, el nombre y
apellidos, la fecha o fechas de nacimiento y el número o números de registro a efectos del
IVA o el número o números de identificación fiscal.
4. I ndicadores.
Se cumplirá con lo dispuesto en el artículo 8 y anexos I y II del Reglamento (EU) 2021/1058
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Del mismo modo serán de aplicación cuantas
normas y guías se establezcan para el cálculo y determinación de los indicadores FEDER.
En este sentido, el beneficiario facilitará la información necesaria para el cálculo del indicador de realización RCO 06: “Investigadores que trabajan en instalaciones de investigación
apoyadas” y el indicador de resultado RCR 08: “Publicaciones realizadas por proyectos
apoyados”.
Artículo 13. Información y publicidad.
Las ayudas concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es)
y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma (https://www.infosubvenciones.es/
bdnstrans/A11/es/index). Igualmente, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
Las ayudas concedidas también serán publicadas en el Portal de Transparencia de la Junta de
Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es) de conformidad con el artículo 11 de la Ley
4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.