Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Edición. Ayudas. (2024061492)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
37 páginas totales
Página
NÚMERO 86
Lunes 6 de mayo de 2024
23171
Séptimo. Financiación.
En esta convocatoria se destina la cantidad total de cincuenta y cinco mil euros (55.000 €)
con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273A/77000/20170012/CAG0000001
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Cuantía.
1. La cantidad máxima de la ayuda no superará los 4.000 euros por proyecto, ni el 55% del
importe del presupuesto del proyecto, (IVA excluido).
2. Se subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenida según los cri
terios de valoración, recibiendo subvención aquellos proyectos que obtengan un mayor
número de puntos, por la totalidad del importe solicitado con las limitaciones indicadas en
este apartado y del crédito presupuestado para tal fin.
Noveno. Régimen de compatibilidad.
1. Las ayudas establecidas en esta convocatoria son compatibles con cualquier otra ayuda o
subvención de las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma
finalidad siempre que la cuantía de ayudas públicas no supere aisladamente o en concu
rrencia con otras ayudas, el coste del proyecto para el que se solicita la subvención.
2. La obtención concurrente de ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos
o privados, cuando se supere el importe máximo indicado en el apartado anterior supon
drá la modificación de la resolución de concesión, procediéndose al dictado de una nueva
resolución.
Décimo. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las subvenciones se concederán a solicitud de los interesados, previa tramitación del opor
tuno expediente administrativo.
2. L
as solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cul
tura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, y se formalizarán de
acuerdo con el modelo normalizado recogido en el anexo I de la presente resolución,
que estará a disposición de los interesados en el portal web de información al ciudadano
de la Junta de Extremadura, en el siguiente enlace https://www.juntaex.es/.
b) Las solicitudes, junto con el resto de anexos y documentación requerida, deberán ser
presentadas de modo telemático a través del Registro Electrónico General de la Junta de
Lunes 6 de mayo de 2024
23171
Séptimo. Financiación.
En esta convocatoria se destina la cantidad total de cincuenta y cinco mil euros (55.000 €)
con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273A/77000/20170012/CAG0000001
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Cuantía.
1. La cantidad máxima de la ayuda no superará los 4.000 euros por proyecto, ni el 55% del
importe del presupuesto del proyecto, (IVA excluido).
2. Se subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenida según los cri
terios de valoración, recibiendo subvención aquellos proyectos que obtengan un mayor
número de puntos, por la totalidad del importe solicitado con las limitaciones indicadas en
este apartado y del crédito presupuestado para tal fin.
Noveno. Régimen de compatibilidad.
1. Las ayudas establecidas en esta convocatoria son compatibles con cualquier otra ayuda o
subvención de las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma
finalidad siempre que la cuantía de ayudas públicas no supere aisladamente o en concu
rrencia con otras ayudas, el coste del proyecto para el que se solicita la subvención.
2. La obtención concurrente de ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos
o privados, cuando se supere el importe máximo indicado en el apartado anterior supon
drá la modificación de la resolución de concesión, procediéndose al dictado de una nueva
resolución.
Décimo. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las subvenciones se concederán a solicitud de los interesados, previa tramitación del opor
tuno expediente administrativo.
2. L
as solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cul
tura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, y se formalizarán de
acuerdo con el modelo normalizado recogido en el anexo I de la presente resolución,
que estará a disposición de los interesados en el portal web de información al ciudadano
de la Junta de Extremadura, en el siguiente enlace https://www.juntaex.es/.
b) Las solicitudes, junto con el resto de anexos y documentación requerida, deberán ser
presentadas de modo telemático a través del Registro Electrónico General de la Junta de