Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Edición. Ayudas. (2024061492)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 86
Lunes 6 de mayo de 2024

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Séptimo. Financiación.
En esta convocatoria se destina la cantidad total de cincuenta y cinco mil euros (55.000 €)
con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273A/77000/20170012/CAG0000001
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Cuantía.
1. La cantidad máxima de la ayuda no superará los 4.000 euros por proyecto, ni el 55% del
importe del presupuesto del proyecto, (IVA excluido).
2. Se subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenida según los cri­
terios de valoración, recibiendo subvención aquellos proyectos que obtengan un mayor
número de puntos, por la totalidad del importe solicitado con las limitaciones indicadas en
este apartado y del crédito presupuestado para tal fin.
Noveno. Régimen de compatibilidad.
1. Las ayudas establecidas en esta convocatoria son compatibles con cualquier otra ayuda o
subvención de las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma
finalidad siempre que la cuantía de ayudas públicas no supere aisladamente o en concu­
rrencia con otras ayudas, el coste del proyecto para el que se solicita la subvención.
2. La obtención concurrente de ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos
o privados, cuando se supere el importe máximo indicado en el apartado anterior supon­
drá la modificación de la resolución de concesión, procediéndose al dictado de una nueva
resolución.
Décimo. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las subvenciones se concederán a solicitud de los interesados, previa tramitación del opor­
tuno expediente administrativo.
2. L
 as solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cul­
tura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, y se formalizarán de
acuerdo con el modelo normalizado recogido en el anexo I de la presente resolución,
que estará a disposición de los interesados en el portal web de información al ciudadano
de la Junta de Extremadura, en el siguiente enlace https://www.juntaex.es/.
b) Las solicitudes, junto con el resto de anexos y documentación requerida, deberán ser
presentadas de modo telemático a través del Registro Electrónico General de la Junta de