Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Edición. Ayudas. (2024061492)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 86
Lunes 6 de mayo de 2024

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c) Editar al menos 300 ejemplares de cada proyecto.
d) No superar la ayuda total de mínimis (300.000,00 euros) durante cualquier período de
tres ejercicios fiscales.
3. Q
 uedan excluidos de las ayudas establecidas en esta convocatoria:
a) Los libros que hayan sido premiados por instituciones o entidades públicas o privadas.
b) Los libros de texto para enseñanza, las obras en fascículos o separatas, los anuarios y
los catálogos de arte.
4. Cada empresa podrá solicitar ayuda para un máximo de 3 proyectos, debiendo realizarse
una solicitud por cada uno de ellos, con un máximo de tres solicitudes.
Cuarto. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios para la realización
de la edición del libro contenidos en el artículo 4 del Decreto 173//2016, de 25 de octubre.
Quinto. Ejecución de la actividad subvencionable.
Los proyectos de edición que sean objeto de ayuda deberán iniciarse a partir del día siguiente
a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria y terminar
antes del 30 de junio del 2025.
Sexto. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones prevista en esta convocatoria se trami­
tará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, dentro del límite de
disponibilidad presupuestaria del ejercicio correspondiente, y de acuerdo con los criterios
de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
2. Las solicitudes se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de evaluación previs­
tos en el apartado decimosegundo de esta convocatoria.
3. La concesión de las subvenciones se realizará mediante la comparación de las solicitudes
presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios
de valoración y puntuaciones obtenidas por cada uno de los proyectos subvencionables y
adjudicar la cuantía solicitada con el límite de crédito fijado para esta convocatoria a aque­
llas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los mismos.