Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Edición. Ayudas. (2024061492)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 86
Lunes 6 de mayo de 2024

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a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los
resultados obtenidos.
b) Una memoria económica abreviada con una relación clasificada y numerada de los
gastos e inversiones de la actividad según el desglose del presupuesto estimado inicial­
mente, con identificación del acreedor y del documento, su importe con desglose del
IVA correspondiente, concepto, fecha de emisión y fecha del pago. En el caso de que se
hayan producido desviaciones respecto al presupuesto inicial, deberán ser indicadas y
explicadas de conformidad con los modelos “Resumen” (anexo II) y “Desglose de factu­
ras” (anexo III).
c) Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad sub­
vencionada con indicación del importe y su procedencia.
d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así
como de los intereses derivados de los mismos.
e) Ofertas presentadas que, en aplicación del artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de mar­
zo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deba haber solicitado
el beneficiario, así como memoria justificativa de la elección que se efectúe entre aque­
llas, cuando dicha elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
f) Referencia clara de los criterios de valoración en cuanto a los participantes extremeños
o residentes en Extremadura en el proyecto, adjuntando copia de la justificación corres­
pondiente, tanto de la participación en el mismo como de la condición de extremeñeidad
(Certificados de empadronamiento, certificado de situación en actividades económicas,
escrituras de constitución, contratos, facturas, etc.).
5. E
 n todo caso:
Los documentos acreditativos de los gastos realizados comprenderán:
• Facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, con validez en el trá­
fico jurídico mercantil o con eficacia administrativa justificativos de la realización de la
producción.
• Justificantes del pago de los documentos de gasto. En cuanto a los justificantes de pago,
se indica que:


–L
 os pagos de facturas de importe igual o superior a 1.000,00 euros deberán justificar­
se necesariamente mediante documentos bancarios (cheques, transferencias, paga­