Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061483)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo por el que se regulan las relaciones de trabajo entre el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Madroñera (Cáceres) y la Corporación Municipal.
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NÚMERO 85
Viernes 3 de mayo de 2024

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2. Esta Comisión estará compuesta por tres personas en representación de cada una de las
partes. Las de la parte social se designarán por las organizaciones sindicales firmantes en
función de la representación obtenida en las elecciones sindicales a representantes del
personal laboral en el ámbito del convenio.
3. Cada organización sindical integrante de la Comisión Paritaria podrá designar dos asesores o asesoras, con voz, pero sin voto, la administración podrá asignar a tres personas
asesoras.
Artículo 11. Funciones de la comisión paritaria.
1. L
 a Comisión Paritaria tendrá las siguientes funciones:
a) Estudio, seguimiento, vigilancia y control del cumplimiento del convenio y emisión de
los informes que sean preceptivos.
b) Conocimiento y resolución de las cuestiones derivadas de la interpretación y aplicación
del convenio en aquellas partes dudosas o incompletas que pudieran existir. En estas
materias los acuerdos adoptados tendrán la eficacia prevista en el artículo 13.2. de este
convenio.
c) Participar en la elaboración de los criterios generales de todos los procedimientos que
afecten a las modificaciones de las condiciones de trabajo, sistemas de provisión de vacantes y de promoción, y estabilización del empleo de carácter estructural y permanente.
d) Emitir informe sobre las propuestas de modificación sustancial de las relaciones de
puestos de trabajo que signifiquen incremento del gasto, así como recibir información
trimestral de los cambios propuestos cuando los mismos se produzcan sin variación del
gasto.
e) Recibir propuesta de convocatoria anual de promoción interna y por convocatoria libre
para la cobertura de puestos de trabajo de los distintos grupos profesionales, que se
recojan en el proyecto de Oferta de Empleo Público (OEP) anual.
f) En materia de calendario laboral:


— Recibir comunicación y ser consultada sobre la distribución anual de la jornada y la
fijación diaria y semanal de los horarios y turnos de trabajo.



— Recibir información trimestralmente sobre la realización de las horas extraordinarias.

g) En materia de ordenación de recursos humanos y movilidad.