Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061481)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Badajoz, para la creación del "Consorcio Integral para la Recuperación Monumental, Patrimonial, Social y Urbanística del Casco Antiguo de Badajoz" y sus estatutos.
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NÚMERO 84
Jueves 2 de mayo de 2024

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5. P
 ara el caso que las sesiones se celebren a distancia, sus miembros podrán encontrarse
en distintos lugares siempre y cuando se asegure por medios electrónicos, considerándose
también tales los telefónicos, y audiovisuales, la identidad de los miembros o personas que
los suplan, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que éstas se producen,
así como la interactividad e intercomunicación entre ellos en tiempo real y la disponibilidad
de los medios durante la sesión. Entre otros, se considerarán incluidos entre los medios
electrónicos válidos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.
Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y
Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
Artículo 11. Competencias del Presidente/a.
1. L
 os/as Presidentes/as del Consejo Rector tendrán las siguientes atribuciones:
a) Ejercer la más alta representación del Consorcio.
b) Ejercitar ante los Tribunales todo tipo de acciones judiciales.
c) Convocar, presidir y dar por finalizadas las reuniones del Consejo Rector y dirigir las
deliberaciones.
d) Velar por la ejecución de los acuerdos que adopte el Consejo Rector.
e) C
 oncertar y firmar los compromisos necesarios para el funcionamiento del Consorcio.
f) Hacer uso del voto de calidad para dirimir las cuestiones que se susciten en el seno del
Consejo Rector.
g) Desarrollar todas las demás facultades que le otorgue el Consejo Rector.
2. S
 in perjuicio de la responsabilidad conjunta de los/as Presidente/a, se establecerán turnos
rotatorios para convocar, presidir y dar por finalizadas las reuniones del Consejo Rector y
dirigir las deliberaciones; así como hacer uso del voto de calidad para dirimir las cuestiones
que se susciten en el seno del Consejo Rector.
Artículo 12. Composición de la Comisión Ejecutiva.
1. L
 a Comisión Ejecutiva está integrada por los siguientes miembros:
— Presidente/a: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Badajoz.