Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061481)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Badajoz, para la creación del "Consorcio Integral para la Recuperación Monumental, Patrimonial, Social y Urbanística del Casco Antiguo de Badajoz" y sus estatutos.
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NÚMERO 84
Jueves 2 de mayo de 2024

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d) Aprobar, a propuesta de la Comisión Ejecutiva, el plan anual de actuaciones y proyectos.
e) A
 probar, a propuesta de la Comisión Ejecutiva, el Inventario del Patrimonio HistóricoArtístico.
f) Aprobar la forma de gestión por la que se deban regir los servicios del Consorcio.
g) Aprobar la Plantilla de personal y la forma de cobertura de los puestos creados, así
como las retribuciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de los presentes
Estatutos.
h) E
 stablecer los requisitos que ha de reunir al/la Gerente para su contratación; contratar,
nombrar y separar al/la mismo/a.
i) Aprobar las operaciones de endeudamiento.
j) Proponer la modificación de los Estatutos.
k) Acordar la disolución y liquidación del Consorcio.
l) Aprobar, modificar o suprimir las tarifas o precios de los diferentes servicios que preste
el Consorcio, a propuesta de la Comisión Ejecutiva.
m) Ejercer todas aquellas atribuciones no expresamente asignadas a otros órganos en los
presentes Estatutos.
Artículo 10. Reuniones del Consejo Rector.
1. E
 l Consejo Rector se reunirá con carácter ordinario una vez al año, y, con carácter extraordinario, siempre que sea convocado por el/la Presidente/a o cuando lo solicite, como
mínimo la mitad de sus miembros, de forma presencial o a distancia.
2. L
 as reuniones se celebrarán en primera convocatoria cuando concurran como mínimo la
mitad de sus miembros. De no alcanzarse dicho quórum, se celebrará en una segunda
convocatoria cuando concurra al menos un tercio de sus miembros.
3. L
 os acuerdos requerirán el voto favorable de la mayoría simple de los miembros presentes
y representados en la reunión.
4. S
 i alguno de los miembros del Consejo no puede asistir a sus reuniones por causa justificada podrá hacer expresa delegación de voto en cualquiera del resto de los miembros con
derecho a voto.