Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061481)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Badajoz, para la creación del "Consorcio Integral para la Recuperación Monumental, Patrimonial, Social y Urbanística del Casco Antiguo de Badajoz" y sus estatutos.
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NÚMERO 84
Jueves 2 de mayo de 2024

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Vicepresidente/a:
— Un Vicepresidente/a designado por Junta de Extremadura, designado por la persona
titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
Vocales:
— Por parte de la Junta de Extremadura (dos representantes): un representante de la
Consejería competente en materia de vivienda y otro representante de la Consejería
competente en materia de cultura.
— Por parte del Ayuntamiento de Badajoz (tres representantes): el Concejal de Patrimonio
Histórico, Concejal de Urbanismo y el Concejal de Vías y Obras. En el caso que alguna
de estas delegaciones se repita en la persona de un concejal, el tercer representante
será el Concejal Delegado de Policía Local.
— Por la Diputación Provincial de Badajoz (un representante): designado directamente por
la Presidencia de la Diputación Provincial de Badajoz.
Secretario/a: Técnico, Jurídico y Económico del Consorcio, que tendrá voz y voto.
2. A
 sistirán a las reuniones del Consejo Rector, con voz y sin voto, los siguientes miembros:
— Mesa Técnica: formada por un representante de cada uno de los 4 colectivos mencionados en el artículo 16 del presente Estatuto, hasta un máximo de cuatro personas; las
cuales podrán intervenir con voz, pero sin voto.
3. L
 os miembros Vocales y el/la Secretario/a serán elegidos por un período de cuatro años,
renovables; pudiendo, no obstante, ser revocados libremente y en cualquier momento por
la Entidad por la que ha sido designado.
Artículo 9. Competencias del Consejo Rector.
El Consejo Rector tiene las siguientes atribuciones:
a) Fijar las directrices y los criterios generales de actuación del Consorcio. Para ello se
aprobará un Plan Estratégico de Actuaciones.
b) Aprobar los reglamentos y normas de régimen interno del Consorcio y de todos los órganos que lo integran.
c) Aprobar los presupuestos anuales del Consorcio, las cuentas y la liquidación de los presupuestos vencidos.