Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2024061404)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de las ayudas para el desarrollo proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 81
Viernes 26 de abril de 2024



Del 10 al 20 % del importe del proyecto: 1 punto.



Más del 20 % del importe del proyecto: 2 puntos.

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2.6 Método de evaluación. Posibilidad de comparación y cuantificación entre previsiones
iníciales que justifican el proyecto con el desarrollo y la situación final una vez ejecutado el proyecto. Máximo 2 puntos.
Especificación del método inicial de evaluación (previa a la ejecución del proyecto): 1
punto.
Especificación del método final de evaluación (a la finalización del proyecto): 1 punto.
Decimoctavo. Requisitos específicos de entidades beneficiarias de la Línea II:
Entidades prestadoras de servicios a la juventud para el desarrollo de proyectos de
ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del VII Plan
de Juventud de Extremadura.
1. P
 odrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones y entidades prestadoras de
servicios a la juventud de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. N
 o podrán obtener la condición de beneficiarias de estas ayudas las asociaciones juveniles
y las entidades equiparadas de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto
27/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el Registro de Asociaciones Juveniles y
Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura.
3. L
 as entidades solicitantes deberán acreditar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Figurar inscritas en el Registro General de Asociaciones de la Consejería competente de
la Comunidad Autónoma de Extremadura o en el Registro de Asociaciones Juveniles y
Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura, como entidad prestadora de servicios a la juventud, dato este último que será comprobado de oficio por el
Instituto de la Juventud.
b) Que los fines y objetivos de las asociaciones o de las entidades, de conformidad con lo
establecido sus estatutos, se correspondan o estén relacionados con proyectos contemplados en el ordinal cuarto.
c) Ser de carácter privado, sin perjuicio del reconocimiento del carácter de utilidad pública.