Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2024061404)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de las ayudas para el desarrollo proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 81
Viernes 26 de abril de 2024



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2.3.1 A
 ctividades cuyo diseño y contenido vayan dirigidos a la promoción, impulso y
efectiva consecución de la igualdad entre mujeres y hombres, así como aquellas
destinadas a la lucha contra la violencia de género en jóvenes, por parte de las
entidades solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 31.1 de la
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la
Violencia de Género en Extremadura.



2.3.2 A
 ctividades cuyo contenido fomente la actitud crítica y activa frente a cualquier
tipo de discriminación.



2.3.3 A
 ctividades dirigidas a grupos que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, jóvenes en situación de desempleo, inscritos/as en los Servicios Públicos de Empleo, con especiales dificultades para su incorporación al mercado de
trabajo.



2.3.4 A
 ctividades dirigidas a personas con diversidad funcional cuyo diseño y contenido
integre propuestas de fomento de la igualdad de oportunidades.



2.3.5 Actividades que incidan en la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente.

2.4 Ámbito territorial de desarrollo del proyecto. Máximo 3 puntos.
La incidencia del programa en el ámbito geográfico en el que se desarrollen las actividades,
según lo indicado en el anexo IV, se valorará hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con
la siguiente asignación:


Local: 1 punto.



Comarcal: 2 puntos.



Autonómico: 3 puntos.

2.5 Recursos financieros. Fuentes de financiación ajenas al Instituto de la Juventud de
Extremadura dedicados al proyecto. Máximo 3 puntos.


2.5.1 A
 portaciones realizadas por entidades públicas o privadas para la realización del
proyecto, con un mínimo del 10% de su importe: 1 punto.



2.5.2 A
 portaciones realizadas por la propia entidad solicitante, excluidas las subvenciones concedidas por otras entidades públicas o privadas, para la realización del
proyecto: