Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2024061404)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de las ayudas para el desarrollo proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 81
Viernes 26 de abril de 2024

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b) Memoria o dossier de publicidad del proyecto donde se refleje claramente la financiación o cofinanciación, según proceda, conforme a las siguientes prescripciones: Deberá
figurar la indicación “Proyecto subvencionado por la Junta de Extremadura. Consejería
de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes. Instituto de la Juventud de Extremadura”, así
como el logotipo del Instituto de la Juventud de Extremadura y del Plan de Juventud de
Extremadura.
c) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá la siguiente documentación:


c.1) U
 na relación clasificada de los gastos con identificación del concepto, del acreedor
y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago (anexo X). Asimismo deberán indicarse las desviaciones acaecidas en relación con el presupuesto
presentado.



c.2) L
 as facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago. Estos
justificantes deberán identificar, además, el proyecto al que se imputa el gasto
subvencionado. Deberán responder a los conceptos y cantidades presupuestadas.



c.3) D
 ocumentación justificativa de gastos de personal, de conformidad con la legislación vigente, de la siguiente manera:



Para el supuesto de nuevas incorporaciones de jóvenes desempleados de 18 a 30
años, se presentarán copias del/os contrato/s laboral/es donde se identifique claramente su objeto y relación con el proyecto para el que se solicita la subvención,
acompañado de las nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social (RLC y
RNT) debidamente sellados por la oficina recaudadora.



En el caso de que se trate de la contratación de jóvenes extremeños en el exterior
o de extremeños retornados, el Instituto de la Juventud recabará de oficio el certificado que acredite dicha condición de acuerdo con lo establecido en el Decreto
126/2021, de 17 de noviembre, por el que se regula la expedición de certificados
de personas extremeñas retornadas y personas extremeñas en el exterior (DOE
núm. 225, de 23 de noviembre de 2021); salvo que conste en el procedimiento la
oposición expresa a dicha comprobación de la persona interesada, en cuyo caso la
entidad beneficiaria deberá aportar copia de dicho certificado.



Para el supuesto de otros gastos de personal vinculado laboralmente con la entidad beneficiaria y dedicado a la realización del proyecto se adjuntarán copias del/