Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0034)
Acuerdo de 30 de junio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Hinojosa del Valle.
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NÚMERO 81
Viernes 26 de abril de 2024

21976

B) Majadal de los Dados ( romano, Villa)
UTM:
220382
42626
66
Posible asentamiento
MUÑOZ HIDALGO, D
(1.996)
Plano (MUÑOZ HIDALGO, D 1.996: 44)
C) San José (romano, Villa)
UTM:
221219
42638
26
Asentamiento rural
romano/Villa MUÑOZ
HIDALGO, D (1.996)
Plano (MUÑOZ HIDALGO, D 1.996: 44)

3.2.0.0.10.-Actuaciones Urbanísticas
1.- En el Suelo No Urbanizable, no podrá llevarse a cabo ninguna actuación urbanística que no
sea señalada en los apartados 5.6.- CONDICIONES MEDIO-AMBIENTALES y 5.7.- CONDICIONES
DE PROTECCION de las presentes Normas Subsidiarias en relación con las actividades
productoras que se deriven del uso y condiciones naturales del suelo, como la explotación agrícola,
la de recursos naturales, valores paisajísticos histórico artísticos o culturales, o la defensa de la
fauna, flora o del equilibrio ecológico e infraestructuras.

2.- Todas las actividades que se proyecten en suelo no urbanizable incluidas en el DECRETO de
16 de abril 45/91 sobre medidas de protección del ecosistema de la Junta de Extremadura deberán
realizar su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental que será informado por la Agencia de
Medio Ambiente con carácter previo a su autorización.
En consecuencia deberán realizar un Estudio de Impacto Ambiental detallado las siguientes
actividades: Centrales eléctricas, Autopistas, carreteras, ferrocarriles, así como variantes y mejoras
de trazado, Aeropuertos, aeródromos deportivos o pistas de aterrizaje, Embalses con capacidad
superior a tres Hm3., Obras de canalización y regularización de cursos de agua, Clubes náuticos y
embarcaderos, Plantas de tratamiento de aguas residuales con capacidad para más de diez mil
habitantes, Plantas de control o tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos con capacidad para más
de diez mil habitantes, Instalaciones de almacenamiento de Residuos Tóxicos o Peligrosos,