Consorcio Museo Vostell Malpartida. Procesos Selectivos. (2024061396)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Presidencia del Consorcio, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo Rector que aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo mediante concurso de méritos de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo mediante el procedimiento de concurso en la categoría de Vigilante de Museos, Archivos y Bibliotecas.
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Jueves 25 de abril de 2024

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favor del que haya obtenido mayor puntuación en la valoración del punto 5.3.b) 2 de
las bases. En tercer lugar y si aún persistiera el empate, a favor de quien haya obtenido
mayor puntuación en el punto 5.3.a) 2 de las bases. Finalmente, si continuase el empate, se dirimirá mediante sorteo.
6.2. Q
 uienes dentro del plazo fijado y, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base segunda, no podrán formar parte de la lista de espera,
quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Séptima. Bolsa de Trabajo.
7.1 C
 on las personas aspirantes que superen la puntuación mínima de 30 puntos, se constituirá una bolsa de trabajo para cubrir posibles sustituciones, vacantes, nuevas necesidades
del servicio o puestos de carácter temporal y cuyas características permitan ser cubiertos
con profesionales de perfil similar al exigido en la presente convocatoria.
7.2. E
 l orden de llamamiento será el marcado por la relación de aspirantes de los resultados
definitivos del proceso de selección. La renuncia supone la exclusión del aspirante de
dicha bolsa, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias que impidan el
desempeño del puesto y que sean debidamente acreditadas:


a) Parto, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo
o la lactancia.



b) Enfermedad.



c) Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.



d) Por estar prestando servicios como empleado/a público temporal para las Administraciones Públicas.



e) Q
 ue el puesto ofertado sea de jornada inferior al 70%.
En estos casos se respetará el orden del aspirante en la bolsa de trabajo para los próximos
ofrecimientos, siempre que se justifiquen las situaciones anteriores en el plazo máximo
de diez días hábiles desde que se hizo el llamamiento del puesto de trabajo. En caso contrario, será excluido de la lista.

7.3. E
 n cualquier caso, la utilización de la bolsa de trabajo para cubrir una vacante no tendrá
carácter obligatorio, correspondiendo única y exclusivamente al Consorcio Museo Vostell
Malpartida en cada caso adoptar una decisión al respecto.