Consorcio Museo Vostell Malpartida. Procesos Selectivos. (2024061396)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Presidencia del Consorcio, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo Rector que aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo mediante concurso de méritos de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo mediante el procedimiento de concurso en la categoría de Vigilante de Museos, Archivos y Bibliotecas.
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NÚMERO 80
Jueves 25 de abril de 2024

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7.4 L
 a bolsa de trabajo estará en vigor hasta que se realice una nueva convocatoria de pruebas selectivas o hasta que el Consorcio lo determine.
Octava. Norma final y protección de datos.
8.1. P
 or el mero hecho de participar en este proceso de selección, la persona candidata se
somete a las bases de la convocatoria, a su desarrollo y a las decisiones que adopte el
Tribunal de Selección sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
8.2. E
 n cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento
(UE) 2016/679, de 27 de abril, (GDPR), de Protección de datos de carácter personal, los
datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud o cualquier otro
que se requiera serán incorporados, para su tramitación, en un fichero automatizado.
De acuerdo con lo previsto en el citado Reglamento, y conforme al procedimiento establecido, la persona candidata puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación portabilidad y supresión de sus datos y a la limitación u oposición a su tratamiento, ante el
Consorcio Museo Vostell Malpartida, teniendo derecho a presentar una reclamación ante
la autoridad de control (www.adpd.es) si considerase que el tratamiento no se ajusta a
la normativa vigente.
Novena. Recursos.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación , o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo
correspondiente, en los términos y con las limitaciones establecidos en el artículo 14.1de la
Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que
estimen procedente.
Décima. Certificado médico.
El certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones correspondientes al puesto al que se aspira será presentado obligatoriamente antes de la firma de cualquier contrato temporal con el Consorcio Museo Vostell Malpartida.