Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061360)
Resolución de 14 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 12,0356 ha de olivar en el polígono 8, parcela 16, a ubicar en el término municipal de Palomas, promovido por Marta Hernández Benítez Donoso. Expte.: IA23/0673.
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NÚMERO 78
Martes 23 de abril de 2024

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parcela 16 del polígono 8 del término municipal de Palomas es colindante con la VP Cañada Real Leonesa, la cual se encuentra deslindada mediante Orden de 20 de noviembre de
2002 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente y publicado en el DOE n.º 140, de 3
de diciembre de 2002 y amojonada por Resolución de 20 de febrero de 2006, del Director
General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, y publicado en el DOE n.º 31, de 14 de
marzo de 2006. La actuación en dicha parcela para la puesta en riego por goteo deberá
respetar en todo momento los límites de la VP, los cuales constan correctamente en la cartografía catastral. Además, no se podrán ocupar ni poner en riego terrenos de la citada VP.
— El Servicio de Ordenación de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana en relación con la consulta de referencia se informa lo siguiente:
• En relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre
ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva por la
Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura,
y modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de 21 de diciembre).
• En relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre
ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva por la
Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura,
y modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de 21 de diciembre).
— El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana en relación con la consulta de referencia se informa lo siguiente:
• Primera. En el término municipal de Palomas se encuentra actualmente vigente el Plan
General Municipal “simplificado” de Palomas aprobado definitivamente por Resolución
de 26 de octubre de 2017, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de
Extremadura, publicado en el DOE n.º 247, de 28 de diciembre de 2017.
• Segunda. En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, corresponde al Municipio de Palomas realizar el control de legalidad de las
actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que
en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento y al
resto de legislación aplicable.
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca informa que, las ortofotos históricas confirman que se trata de una parcela