Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061359)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Losar de la Vera - Polígono Industrial III Barras. Expte.: IA24/0008.
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NÚMERO 78
Martes 23 de abril de 2024

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3.1. Características de la modificación puntual.


L
 a modificación puntual planteada consiste en una reclasificación de suelo para la
incorporación como suelo urbano consolidado de uso industrial situado en el sureste
del casco urbano del municipio. El propietario de la totalidad de los terrenos es el
Ayuntamiento de Losar de la Vera.



L
 as parcelas afectadas ya aparecen en el catastro con una referencia de urbana. Por lo
tanto, no se transforma nuevo suelo, todo lo que se pretender incorporar a la norma
como suelo urbano ya está urbanizado y edificado. La actual delimitación de suelo
urbano clasifica estos terrenos como un Sector de Suelo Urbanizable S-5, estando
el resto clasificado como suelo no urbanizable. Lo que se pretende mediante la modificación es reajustar los terrenos dándoles una clasificación más coherente con su
situación física real, pues su desarrollo y urbanización están completos. En concreto
se reclasifican a suelo urbano 37.456,42 m2 aproximadamente, de los que 14.322 m2
pertenecen al sector de suelo urbanizable S-5 y el resto 23.134,42 m2 a suelo rústico.



P
 or tanto, la modificación del planeamiento no constituye ninguna variación fundamental de la estrategia territorial ni en las directrices de la normativa urbanística,
sino que supone cambios aislados en la ordenación estructural.



L
 a modificación no influye en otros planes y programas, ni se han detectado problemas ambientales significativos derivados de la misma.



T
 eniendo en cuenta que resulta de aplicación el Plan Territorial de la Vera, una vez
analizada la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Losar de la Vera, se
observa que afectaría principalmente a suelo urbanizable y en menor medida a la
zona de protección agrícola donde mediante reclasificación se permite la implantación
de uso industrial, además se trata de una zona donde ya existe un polígono industrial
y se atiende a lo indicado en el artículo 15 sobre que cada municipio deberá preparar suelo industrial en su término municipal para cubrir la demanda de la pequeña
industria local, por ello, la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana considera que la modificación puntual es compatible con el Plan
Territorial de la Vera.

3.2. Características de los efectos y del área probablemente afectada.


E
 l ámbito objeto de la modificación es susceptible de ser integrada en el suelo urbano, pues como se ha indicado con anterioridad una parte se encuentra ya clasificada
como Suelo Urbanizable y el resto de Suelo Rústico se encuentra colindante con éste.
Por otra parte, los terrenos se encuentran ya urbanizados y edificados. La zona cuen-