Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Plan De Formación. Academia De Seguridad Pública. (2024050069)
Orden de 18 de abril de 2024 por la que se aprueba el Plan de Formación de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para el año 2024 y se realiza la convocatoria de las actividades formativas.
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NÚMERO 78
Martes 23 de abril de 2024

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La solicitud de disfrute de cualquier permiso o licencia que suponga una ausencia del curso
de formación deberá ser presentada en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura,
y previamente autorizada por la persona responsable. A los efectos del disfrute de licencias
o permisos supeditados a las necesidades de servicio, se entenderá que dichas necesidades
existen siempre que se encuentren programada actividad docente obligatoria coincidente con
las fechas solicitadas.
Para el nombramiento definitivo como personal funcionario de carrera será condición indispensable que las personas aspirantes realicen y superen este curso, quedando anulado el
nombramiento en caso contrario. No obstante, y atendiendo a causas extraordinarias, las
personas aspirantes declaradas no aptas, podrán participar en un curso posterior, oída la
Junta de Profesores y siempre que conste el informe favorable de la Academia de Seguridad
Pública de Extremadura y la autorización del Secretario General de Interior, Emergencias y
Protección Civil.
La calificación definitiva del Curso Selectivo vendrá determinada por la media aritmética de
las calificaciones numéricas obtenidas del total de asignaturas que lo integran y que, en cualquier caso, deberá arrojar un resultado igual o superior a 5 puntos. Además, cada persona
deberá obtener una calificación como APTA en la valoración aptitudinal, en la psicológica, si
fuera necesaria conforme a lo dispuesto anteriormente, y en el período de prácticas respectivamente.
Quinto. Régimen de Asistencia del alumnado de la ASPEX.
1. El alumnado de los Cursos Selectivos asistirá a todas las actividades que se desarrollen con
el uniforme determinado por la ASPEX y seguirán las instrucciones marcadas en el Manual
del Alumno.
El resto de alumnado asistirá a todas las actividades que se desarrollen con el uniforme
reglamentario. En ningún caso estarán en posesión de armamento –salvo indicación en
contrario- dentro de las instalaciones de la ASPEX, ni lo portarán en ninguna de las actividades lectivas, extralectivas o complementarias organizadas por ésta.
Para actividades especiales emplearán el vestuario y el equipo personal que en cada caso
se requiera.
2. E
 l alumnado que asista a los Cursos Selectivos, de especialización y Jornadas estará sujeto
a lo dispuesto en Reglamento de Organización, Funcionamiento y de Régimen Interior de la
Academia de Seguridad Pública de Extremadura, aprobado por Orden de 20 de febrero de
1997 (DOE n.º 30, de 11 de marzo de 1997), así como a las instrucciones o circulares de
régimen interior emitidas por la Dirección de la ASPEX en desarrollo de aquél.