Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040044)
Decreto 29/2024, de 2 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 77
Lunes 22 de abril de 2024

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e. Las contrataciones de personas que ostenten la condición de socio/a o socio/a –
trabajador/a en empresas de economía social.
f. L
 as contrataciones de personas trabajadoras que, en los 24 meses anteriores a la fecha
de la contratación por la que se solicita subvención, hayan estado dados de alta como
Autónomos Colaboradores o Autónomos Económicamente Dependientes de quien solicite
la ayuda.
g. L
 as contrataciones indefinidas iniciales o las transformaciones de contratos de duración
determinada en contratos indefinidos llevadas a cabo previo requerimiento o a consecuencia de una actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
h. Las actuaciones que puedan implicar la consecución de la subvención sin que se produzca creación real y efectiva de empleo.
i. Las empresas que hayan sido sancionadas por la comisión de las infracciones previstas
en los artículos 16, 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que
aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social,
con las sanciones establecidas en el artículo 40 de la norma citada, por un período de un
año, a contar desde la fecha de la resolución que imponga la sanción.
j. Las contrataciones efectuadas mediando la comisión de cualquiera de las infracciones
previstas en los artículos 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto,
que aprueba el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
k. Las transformaciones de contratos temporales en indefinidos con incumplimiento de los
límites temporales previstos en los artículos 11 y 15 del Estatuto de los Trabajadores.
l. Las contrataciones indefinidas de carácter fijo-discontinuo.
m. L
 as contrataciones por subrogación.
n. Las contrataciones de aquellas personas trabajadoras que, en los cinco años anteriores
al alta en Seguridad Social en la entidad, ya hubieren sido objeto de subvención para
el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura
a favor de la misma entidad o de cualquier otra que, conforme a lo dispuesto en el
apartado 2 de este artículo, haya de considerarse que está a ella vinculada o que lo ha
estado en algún momento. Se tomarán como referencias las fechas de alta del contrato
previamente subvencionado y del contrato objeto de solicitud de subvención.
o. Las contrataciones realizadas por entidades que, obligadas según el artículo 42.1 del
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto