Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Protección Civil. Subvenciones. (2024061291)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria de subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
22 páginas totales
Página
NÚMERO 75
Jueves 18 de abril de 2024

20626



— Entre 10.001 y 20.000 habitantes .................................................. 4 puntos.



— Entre 20.001 y 30.000 habitantes ................................................... 3 puntos.



— Entre 30.001 y 40.000 habitantes ................................................... 2 puntos.



— Más de 40.000 habitantes .............................................................. 1 punto.

E) La obtención de la condición de beneficiaria de esta misma línea de subvención en los
cinco ejercicios económicos anteriores a la presente convocatoria (máximo 5 puntos):


— Haber percibido un importe igual o inferior a 3.000 euros .................. 5 puntos.



— Haber percibido un importe entre 3.000,01 y 5.000 euros .................. 4 puntos.



— Haber percibido un importe entre 5.000,01 y 7.500 euros .................. 3 puntos.



— Haber percibido un importe entre 7.500,01 y 10.000 euros ................ 2 puntos.



— Haber percibido un importe superior a 10.000 euros ......................... 1 punto.

F) T
 asa Protección Civil: ratio del número de personas integrantes de la Agrupación Local
de Voluntariado de Protección Civil por cada 1.000 habitantes (máximo 5 puntos):


— Más del 20,00% ........................................................................... 5 puntos.



— Entre el 15,01% y el 20,00% ......................................................... 4 puntos.



— Entre el 10,01% y el 15,00% ......................................................... 3 puntos.



— Entre el 5,01% y el 10,00% ........................................................... 2 puntos.



— Entre el 2,01% y el 5,00% ............................................................ 1 puntos.



— Hasta el 2,00% ............................................................................ 0,5 puntos.

2. L
 a adjudicación de los puntos contenidos en los criterios de las letras A), B), E) y F) se
realizará conforme al informe que a tal efecto se emitirá por la persona titular de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, previa comprobación de los datos
existentes en los registros y archivos de la misma.
La adjudicación de los puntos contenidos en los criterios de las letras C) y D) se realizará
conforme a los datos contenidos en el certificado previsto en el apartado 9.1, letra a), de
esta resolución.