Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2024050058)
Orden de 11 de abril de 2024 de bases reguladoras de subvenciones a las entidades asociativas de la economía social y del autoempleo de Extremadura.
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Jueves 18 de abril de 2024

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sea un dato inscrito o, en caso contrario, una certificación de la entidad emitida por la
persona con competencia para hacerlo.
d) Participación de la mujer en los órganos de gobierno y representación de las entidades
asociativas.
Se valorará la composición equilibrada del órgano de gobierno y representación de la
entidad con 4 puntos en los términos dispuestos en la Ley 8/2011, de 23 de marzo,
de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura,
esto es la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto de personas a
que se refiera, cada sexo ni supere el sesenta por ciento ni sea menos del cuarenta por
ciento.
Las entidades que no cuenten con un órgano de gobierno y representación equilibrado,
pero cuenten con mujeres en el mismo, obtendrán 2 puntos si su participación es inferior al 20% y 3 puntos si es igual o superior al 20%.
e) Plantilla laboral de la entidad: se valorarán los contratos en vigor de forma ininterrumpida durante los tres meses anteriores al de la presentación de la solicitud, sin computar
a estos efectos a las personas que integren el órgano de gobierno y representación de
la entidad. El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de 15.


— Personas contratadas a tiempo completo: 1 punto.



— Personas contratadas a tiempo parcial: 0,5 puntos.



— Por cada uno de los contratos valorados en que la trabajadora sea una mujer se sumarán 0,2 puntos más.
La acreditación de este criterio se realizará mediante la aportación de la vida laboral de
la entidad referida a los tres meses inmediatamente anteriores al de presentación de la
solicitud.

2. Sólo se valorarán los apartados que la entidad solicitante indique expresamente en la solicitud, la valoración de la documentación que se aporte y el otorgamiento de la puntuación
exacta corresponde a la Comisión de Valoración, que valorará los criterios sometidos a su
consideración a partir de la documentación que presente la solicitante.
3. La documentación acreditativa de estos extremos habrá de presentarse junto con la solicitud de subvención. En caso de señalar algún criterio para su valoración y no aportar la
documentación acreditativa, se le solicitará por el órgano instructor y en caso de no aportarse se tendrá a la entidad por decaída en su derecho al trámite y no se considerará para
su valoración el criterio o criterios correspondientes.