Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061252)
Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "ALBIE, SA, para su centro de trabajo en la cafetería del Hospital Universitario de Badajoz".
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NÚMERO 72
Lunes 15 de abril de 2024

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i) La falta de aseo ocasional durante el trabajo.
j) Faltar un día al trabajo sin la debida autorización, siempre que no se derive graves perjuicios en la prestación del servicio, en cuyo caso será considerada como grave.
Artículo 52. Faltas graves.
a) Más de tres faltas injustificadas de puntualidad en la incorporación al trabajo, cometidas
en el período de un mes, o bien, una sola falta de puntualidad de la que se deriven graves
perjuicios o trastornos para el trabajo, considerándose como tal la que provoque retraso en
el inicio de un servicio al público.
b) Faltar dos días al trabajo durante un periodo de un mes sin autorización o causa justificada,
siempre que de estas ausencias no se deriven graves perjuicios en la prestación del servicio, en cuyo caso se considerará como falta muy grave.
c) El abandono del trabajo o terminación anticipada, sin causa justificada, por tiempo superior
a treinta minutos, entre una y tres ocasiones al mes.
d) No comunicar con la puntualidad debida las modificaciones de datos de los familiares a
cargo, siempre que esas variaciones afecten en algo importante a la empresa a efectos de
retenciones fiscales u otras obligaciones de obligado cumplimiento.
e) E
 ntregarse al juego en horas de trabajo.
f) La simulación de enfermedad o accidente alegada para justificar retraso, abandono o falta
al trabajo.
g) El incumplimiento de órdenes o instrucciones de la empresa o persona delegada de la misma, en el ejercicio regular de sus facultades directivas. Estas instrucciones nunca pueden
ir en contra de ley o menoscabar la dignidad del trabajador o trabajadores afectados.
h) Descuido importante en la conservación de los géneros o artículos, así como material del
correspondiente establecimiento.
i) Simular la presencia de otro trabajador, fichando o firmando por él.
j) Provocar y o mantener discusiones con otros trabajadores en presencia de público o que
trascienda a éste.
k) Emplear para uso propio artículos y enseres de la empresa, o extraerlos de las dependencias de la misma, a no ser que exista autorización.