Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061252)
Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "ALBIE, SA, para su centro de trabajo en la cafetería del Hospital Universitario de Badajoz".
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NÚMERO 72
Lunes 15 de abril de 2024

20255

Artículo 38. De los Comités de Empresa, Delegados de Personal y Delegados
Sindicales.
Sin perjuicio de los derechos y facultades concedidas por las leyes, convenio colectivo provincial de Hostelería de Badajoz, y cualquier otra disposición vigente, se reconoce a los Delegados de Personal, Comités de Empresa y Delegados Sindicales las siguientes funciones y
facultades:
1) S
 er informados por la dirección de la empresa:


a) Trimestralmente, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la
empresa, sobre la evolución del negocio y situación y evolución probable del empleo
en la empresa.

b) Con carácter previo a su ejecución por la empresa, sobre la reestructuración de
plantilla, cierres totales o parciales, definitivos o temporales, y las reducciones de
jornadas, sobre traslados totales o parciales de las instalaciones, sobre los planes de
formación profesionales de la empresa.
c) Anualmente conocer y tener a disposición el balance, la cuenta de resultados, la
memoria y en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o
participaciones, cuanta documentación se le entregue o den a conocer a los socios.
2) E
 n función de la materia que se trate:


a) Sobre la implantación o revisión del sistema de organización del trabajo y cualquiera
de sus posibles consecuencias, estudios de tiempo, establecimiento de sistemas de
primas o incentivos y valoración de puestos de trabajo.



b) Sobre la fusión, absorción y modificación de los estatutos jurídicos de la empresa.



c) Entrega de copia de todos los contratos de trabajo efectuados a los trabajadores, así
como sus modificaciones.



d) Informar previamente sobre sanciones impuestas por faltas graves, muy graves y en
especial en el supuesto de despido o rescisión de contrato de trabajo.



e) En lo referente a las estadísticas sobre el índice de absentismo laboral y sus causas,
los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los ingresos del personal, ceses y ascensos.