Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2024061223)
Resolución de 2 de abril 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas, correspondiente al ejercicio 2024.
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Jueves 11 de abril de 2024

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b) Gastos de arrendamientos e Impuesto de Bienes Inmuebles de aquellos centros u oficinas pertenecientes a su organización, así como los gastos de electricidad, agua, teléfono u otros gastos análogos que tengan el carácter de funcionamiento técnico-administrativo de los mismos.
c) Gastos de representación e interlocución ante organismos oficiales.
d) Gastos de organización de actividades formativas de trabajadores.
2. T
 endrán la consideración de subvencionables aquellos gastos que, respondiendo de manera
indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada y sean abonados con anterioridad
a la finalización del periodo de justificación de la subvención concedida.
Respecto a los gastos que se hayan producido con anterioridad a la fecha de la resolución
de concesión de subvención, se considerarán subvencionables siempre que quede constancia de que los mismos tienen su origen en la realización de la actividad subvencionada
y que, en todo caso, se han producido en el ejercicio presupuestario al que venga referida
la correspondiente resolución de convocatoria y que sean abonados con anterioridad a la
finalización del periodo de justificación de la subvención concedida.
Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales
y registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de
administración específicos serán subvencionables siempre que quede debidamente acreditado que se encuentran directamente relacionados con la actividad subvencionada y son
indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
En ningún caso serán gastos subvencionables:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.
Los tributos serán gastos subvencionables cuando la entidad beneficiaria de la subvención
los abone efectivamente.
3. Cuando el importe del gasto corriente subvencionable supere las cuantías que en los supuestos de coste de suministros o de prestación de servicios por empresas de consultoría
o asistencia técnica se establezcan en la legislación de contratos del sector público para
los contratos menores, la entidad beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de
diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación de la prestación del servicio o