Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. (2024050052)
Orden de 27 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 69
Miércoles 10 de abril de 2024

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— Acreditar el carácter cultural del proyecto a realizar mediante informe de la comisión de
valoración, que se obtendrá cuando la producción reúna al menos dos de los requisitos
que se relacionan en el anexo II.
— En caso de codesarrollo:


a. La inversión del productor solicitante será como mínimo de 20.000,00 € (participación real).



A estos efectos, se entenderá como inversión del productor solicitante la cantidad
aportada por él con recursos propios, con recursos ajenos con carácter reintegrable
y los obtenidos en concepto de cesión de derechos de explotación de la producción
audiovisual.



b. E
 n ningún caso podrán computarse como inversión del productor solicitante:



• Las subvenciones percibidas, ni ninguna otra ayuda pública.



• Las aportaciones no reintegrables de cualquier naturaleza realizadas por cualquier
administración, entidad o empresa pública o sociedad que gestione directa o indirectamente el servicio público de televisión, salvo las concedidas en concepto de
préstamo.

• Las aportaciones realizadas en concepto de codesarrollador o de desarrollador
asociado.


• Cualquier otra aportación financiera que no pueda ser considerada adquisición
anticipada de derechos de comunicación pública de la película por los sujetos obligados al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Ley 7/2010, de 31
de marzo, general de la comunicación audiovisual, en relación con la financiación
anticipada de la producción de obras europeas.



La inversión del solicitante se determinará deduciendo del coste de la película las
cantidades que resulten de lo dispuesto en el apartado b. anterior.



c. El solicitante deberá tener un porcentaje de titularidad del proyecto audiovisual resultante mínimo equivalente al de subvención concedida en relación al coste total del
proyecto subvencionable. En todos los codesarrollos deberá aportarse una copia del
contrato de codesarrollo y, caso de que no consten en el mismo, declaración responsable del solicitante de las aportaciones de cada desarrollador y su cuantificación. En
el caso de que participen varias empresas extremeñas en una producción, computará
la suma de la participación de cada una de ellas.