Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. (2024050052)
Orden de 27 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 69
Miércoles 10 de abril de 2024

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e) R
 ealizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (contratación de recursos prestados por personas y empresas, residentes y con domicilio
respectivamente en el citado territorio) como mínimo del 100% de la ayuda concedida.
f) Disponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español en el momento de solicitar el pago de la ayuda.
g) Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de solicitar el pago.
h) En caso de realización de la película:


— Entregar dos copias finales del proyecto audiovisual una vez terminado el proceso
de postproducción a la Consejería competente en materia de cultura de la Junta de
Extremadura. Así como el certificado de nacionalidad española de la película emitido
por el órgano de la Administración competente.



— Autorizar a la Consejería competente en materia de cultura de la Junta de Extremadura a utilizar el proyecto audiovisual subvencionado, una vez concluida su explotación comercial, para proyecciones realizadas con fines pedagógicos, académicos,
culturales y otros usos no comerciales. En cualquier caso, se respetarán los derechos
de autor y derechos afines.

i) Facilitar cuantas actuaciones de comprobación se efectúen por el órgano gestor de las
ayudas reguladas en la presente orden. Asimismo, estas ayudas quedarán sometidas al
control financiero establecido en el artículo 50 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
j) Presentar una declaración actualizada sobre subvenciones solicitadas, percibidas o concedidas y pendientes de percepción por otras administraciones o instituciones, tanto públicas como privadas para la misma finalidad, justificando documentalmente la cuantía
de las mismas.
k) Hacer constar en todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de la producción, el apoyo en el desarrollo del proyecto por la Junta de Extremadura, de acuerdo
con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta
de Extremadura en vigor.
l) Los requisitos exigidos al beneficiario para la obtención de la subvención deberán mantenerse desde la solicitud hasta la justificación de la ayuda concedida.