Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0028)
Acuerdo de 27 de abril de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Acebo.
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NÚMERO 65
Jueves 4 de abril de 2024

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refiere al encuentro de la cara superior del forjado plano con el plano de fachada. El encuentro de la cara superior de dicha formación de pendiente (tanto en terrazas transitables o no
como en tejados) con el plano de fachada no podrá superar la altura máxima de la edificación
permitida.
La altura de la edificación se habrá de cumplir en todo el perímetro de la edificación respecto a
la rasante natural del terreno. Si el terreno presenta su topografía ya modificada por vaciados
o rellenos, se interpolarán en línea recta las cotas superior e inferior de la rasante natural. En
caso de pendientes pronunciadas la edificación deberá disponerse de tal forma que cumpla
el requisito de altura máxima en todos los puntos, por ejemplo mediante escalonamiento o
cubiertas inclinadas”.
Artículo.2.2.1.3. Precisión de la definición de “Altura total”.
A la definición: “Es la distancia vertical entre el nivel de rasante y el punto más alto de la
edificación, excluyendo los elementos técnicos de las instalaciones”.
Se añade: “En caso de optar por la solución constructiva de cubiertas inclinadas, han de entenderse como punto más alto de la edificación los elementos que coronan dichas cubiertas
inclinadas.
Si se construyesen cubiertas planas el punto más alto de la edificación no vendrá dado por la
cara superior de forjado, sino por el elemento constructivo más elevado, sea peto, barandilla,
o capa de terminación de la cubierta plana, etc”..
Artículo.2.2.1.4. Precisión de la definición de “Semisótano”.
A la definición: “Es la planta de la edificación en la que la distancia desde la cara superior del
forjado que forma su techo hasta el nivel de rasante es inferior a 1 metro”.
Se añade: “Se admite inferior o igual a 1.00 metros. Esta rasante será medida en todos los
puntos del perímetro. En caso de terrenos con desniveles, una planta puede ser en distintas
zonas sótano, semisótano y planta sobre rasante. A partir del punto en que la distancia supere
1.00 metros se considerará planta sobre rasante y computará a todos los efectos”.
Artículo.2.2.1.5. Definición de “elementos técnicos de las instalaciones” para el
cómputo de “altura de las instalaciones”.
Los elementos técnicos de las instalaciones son los cuerpos tales como placas solares, antenas, aparatos de aire acondicionado, de calefacción o chimeneas de ventilación, depósitos,
placas solares y otros no mencionados que cumplan funciones similares. Quedarán excluidos