Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Cuerpos Docentes. (2024050048)
Orden de 26 de marzo de 2024 por la que se convoca el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 64
Miércoles 3 de abril de 2024

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3. E
 l personal docente que haya desempeñado con anterioridad el cargo de director o directora de un centro docente público, podrá participar en una nueva convocatoria de concurso
de méritos siempre que haya obtenido una evaluación positiva del desempeño del cargo.
En caso de evaluación negativa se habrá de esperar al siguiente período ordinario de mandato, entendiendo por el mismo el transcurso de cuatro años desde que finalizó el anterior.
4. T
 odos los requisitos enumerados en este artículo deberán reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes salvo el requisito del apartado c) del punto
uno de este artículo que será hasta la finalización del plazo para subsanación de errores y
reclamaciones a las listas provisionales de personas candidatas admitidas y excluidas del
anexo VI.
Artículo 3. Presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para participar en este procedimiento deberán ajustarse al modelo que
figura como anexo I de la convocatoria que se podrá cumplimentar y descargar desde el
Portal Educativo de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional “Educarex”
(http://www.educarex.es) pudiendo solicitar hasta un número máximo de tres centros
educativos. Si un aspirante obtiene la mayor puntuación para varios centros, se le propondrá para el consignado en primer lugar en su solicitud.
En el caso de presentar la solicitud para centros de provincias distintas, esta se dirigirá a
la Delegación Provincial de Educación en la que se encuentre ubicado el centro solicitado
en primer lugar, la cual remitirá copia de la misma y la documentación necesaria a la otra
Delegación Provincial de Educación.
Junto a la solicitud el aspirante deberá aportar la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de los méritos alegados, tal y como se detalla en el punto
5 de este apartado.
b) Ejemplar del proyecto o proyectos en formato PDF tal y como se detalla en el punto 6
de este apartado.
2. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación será el comprendido entre los
días 10 y 23 de abril de 2024 ambos inclusive salvo para el requisito del apartado c) del
punto uno del artículo 2 que podrá presentarse hasta la finalización del plazo para subsanación de errores y reclamaciones a las listas provisionales de personas candidatas admitidas
y excluidas del anexo VI.
3. U
 na vez cumplimentada y firmada la solicitud (anexo I) junto con la documentación
acreditativa se dirigirán a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación
correspondiente.