Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061057)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Consejo General de la Abogacía Española para la utilización de la Plataforma de Presentación y Pago Telemático de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 60
Martes 26 de marzo de 2024

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Por lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente documento en el
que se formaliza un Convenio de colaboración externa en la presentación, por vía telemática,
de declaraciones y autoliquidaciones; y en el pago, por tramitación telemática, de deudas
correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura,
todo ello en representación de terceras personas, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto instrumentar la presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de las deudas tributarias que de ellas puedan resultar, todo ello en representación de terceras personas, por
parte de los profesionales colegiados ejercientes integrantes de los colegios que se adhieran
al presente Convenio.
La Junta de Extremadura, a través de la Consejera competente en materia de Hacienda, suscribe el presente Convenio de colaboración con el Consejo General de la Abogacía Española
como órgano representativo de todos los Colegios de Abogados de España, el cual manifiesta
su deseo de participar en la presentación y pago telemático, a través de los colegiados ejercientes de los distintos Colegios de Abogados de España previamente adheridos al presente
Convenio.
A partir de la firma del presente Convenio y disponiendo de la información sobre su contenido,
los Colegios de Abogados de España, podrán presentar ante el Consejo General de la Abogacía
Española una solicitud de adhesión al mismo a través del modelo 778 anteriormente citado
aceptando con su firma su contenido íntegro. El Consejo General de la Abogacía Española
remitirá dicha solicitud a la Consejería competente en materia de Hacienda.
Los profesionales colegiados ejercientes que hubieran solicitado a la Comunidad Autónoma de
Extremadura la adhesión al presente Convenio, desde el momento de su autorización, podrán
presentar, por vía telemática, en representación de terceras personas, las declaraciones o autoliquidaciones exigidas por la norma tributaria correspondientes a impuestos gestionados por
la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de los modelos aprobados por la Orden de
2 de diciembre de 2010, -modificada según Orden de 13 de enero de 2021 DOE n.º 16, de 26
de enero de 2021- así como a través de los modelos que posteriormente puedan aprobarse e
incorporarse por resolución de la Dirección General competente en materia de Hacienda, de
conformidad con la Disposición Adicional primera de la citada Orden. De igual modo, quedarán
autorizados a pagar, mediante tramitación telemática, las deudas tributarias que en su caso