Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024061082)
Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz, adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 15 de noviembre, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 60
Martes 26 de marzo de 2024

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Cuarto. Con fecha 3 de noviembre de 2023, se emite –por el Jefe de Sección de Asociaciones,
Colegios y Fundaciones del Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
(Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura– informe de legalidad respecto de la modificación-adaptación de los Estatutos del
Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz, aprobados por su Asamblea General,
en sesión extraordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2022, estimando –en su fundamento
de derecho séptimo– “que la modificación-adaptación del Estatuto del Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz, aprobada por su Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2022, no se ajusta al ordenamiento jurídico vigente, sin
adaptarse plenamente a las modificaciones de la Ley 11/2002, introducidas por la Ley 4/2020,
por lo que en el texto estatutario modificado por el referido Colegio, se deberán subsanar las
deficiencias de legalidad observadas, así como atender las observaciones de adaptación, estructurales o de redacción que por el Colegio se consideren procedentes, conforme al tenor de
lo expresado en los puntos b), c), d), e), g), i), m), n) y o) del apartado 4.1, en los puntos a),
b) y g) del apartado 4.2 y en el apartado 4.3 del fundamento de derecho quinto del presente
informe; ello sin perjuicio de la presentación de las certificaciones referenciadas en los puntos
2 y 3 del fundamento de derecho quinto de este informe”.
El citado informe de legalidad fue notificado mediante escrito dirigido por el Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura al Colegio Oficial de Mediadores
de Seguros de Badajoz, con anotación de salida en el Registro Único de Documentos de la
Junta de Extremadura (SIREX), el 6 de noviembre de 2023.
Quinto. Mediante solicitud del Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz –con
anotación de entrada en el Registro Único de Documentos de la Junta de Extremadura (SIREX), el 22 de noviembre de 2023–, se remite nuevo texto de los Estatutos colegiales, a fin
de subsanar las observaciones de legalidad, adaptación, estructurales o de redacción puestas
de manifiesto en el Informe de Legalidad citado en el antecedente de hecho anterior –adjuntándose Certificado de su aprobación por el Pleno del Consejo General de los Colegios de
Mediadores de Seguros de España, en sesión celebrada por el mismo el 16 de noviembre de
2023–, al objeto de obtener el preceptivo informe de legalidad –favorable– respecto de la
modificación-adaptación de los Estatutos del citado Colegio.
Una vez analizado el citado nuevo texto estatutario, con fecha 8 de enero de 2024, desde
el Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales (Secretaría General) de la
Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura se dirigió correo
electrónico al Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz, informándole que en la
redacción del citado texto estatutario no habían sido atendidas algunas de las observaciones
puestas de manifiesto en el Informe de Legalidad, de fecha 3-11-2023, no pasando por ello