Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024061082)
Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz, adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 15 de noviembre, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 60
Martes 26 de marzo de 2024

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RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad
de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Mediadores de
Seguros de Badajoz, adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de
Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme
a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 15 de noviembre,
la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de
Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura. (2024061082)
Visto el expediente iniciado mediante solicitud –a la que se adjunta nuevo texto estatutario y
demás documentación– del Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz –con anotación de entrada en el Registro Único de Documentos de la Junta de Extremadura (SIREX), el
20 de diciembre de 2022–, al objeto de obtener el preceptivo informe de legalidad –favorable– respecto de la modificación-adaptación de los Estatutos del citado Colegio, aprobados por
su Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2022 –posteriormente objeto de nueva aprobación por su Asamblea General, en sesión extraordinaria
celebrada el 6 de febrero de 2024–, se emite la presente de conformidad con los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Los Estatutos del Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz, adaptados
a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de
Extremadura, fueron aprobados por su Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada
el 17 de junio de 2005, y publicados –mediante Resolución, de 12 de diciembre de 2005, de
la Consejera de Presidencia– en el Diario Oficial de Extremadura, número 7, de 17 de enero
de 2006.
Segundo. El citado Colegio Oficial fue inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y de
Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura –con el código S1/17/2007, de la Sección
Primera– mediante Resolución, de 5 de noviembre de 2007, del Consejero de Administración
Pública y Hacienda de la Junta de Extremadura.
Tercero. Mediante solicitud del Colegio Oficial de Mediadores de Seguros de Badajoz –con
anotación de entrada en el Registro Único de Documentos de la Junta de Extremadura (SIREX), el 20 de diciembre de 2022–, se remite copia del texto de los Estatutos aprobados por
su Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2022 –adjuntándose Certificado de su aprobación en la citada sesión de la Asamblea General colegial–, al
objeto de obtener el preceptivo informe de legalidad –favorable– respecto de la modificaciónadaptación de los Estatutos del citado Colegio.