Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061045)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina en régimen extensivo, cuyo titular es José Ramón Fernández de Mesa Muguiro, en el término municipal de San Vicente de Alcántara.
22 páginas totales
Página
NÚMERO 58
Viernes 22 de marzo de 2024

17104

trabajos confirmaran la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse
afectados por las actuaciones derivadas del proyecto de referencia, el informe
incluirá obligatoriamente una primera aproximación cronocultural de los restos
localizados y se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie.


b.3. U
 na vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si
procede, visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá
el preceptivo documento de viabilidad con indicación de los criterios técnicos y
metodológicos que deberán adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad propuesta.

Con fecha 5 de marzo de 2024, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite nuevo informe en el que indica que “Revisada la documentación
presentada y dadas las características de la obra se propone a la DGBA y PC que remita
el presente informe con la recomendación de que, durante la fase de ejecución de las
obras, como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no
detectado, se aplique lo establecido en el artículo 54 de la Ley 2/1999, de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura:
“Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán
su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura””.
— Al Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad, el cual emitió dicho informe, indicando que la actividad solicitada no
es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura
2000 ni en la Red de Espacios Protegidos de Extremadura, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas
que se indican a continuación.
La actividad solicitada se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura 2000:


– Zona de Especial Conservación (ZEC) “Sierra de San Pedro” (ES0000070).



– Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Sierra de San Pedro” (ES0000070).
La actividad se encuentra incluida dentro de otras Áreas Protegidas de Extremadura:



–Z
 ona de Interés Regional (ZIR) “Sierra de San Pedro” (Orden de 2 de octubre de 2009
por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional
“Sierra de San Pedro”).